Henry Alejandro Elías Wilson aspira a ser Fiscal General. Foto La Hora/Prensa Libre

La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó un amparo solicitado por la Fiscalía Especial Contra la Impunidad en contra de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) que en julio de 2021 declaró sin lugar las diligencias de antejuicio contra el Magistrado Vocal I de la Sala de Femicidio, Henry Alejandro Elías Wilson, quien actualmente se postula como aspirante a Fiscal General.

La Fiscalía buscaba revertir el fallo de la CSJ para investigarlo por su presunta vinculación al caso Comisiones Paralelas 2020, por la posible comisión de tráfico de influencias, violación a la Constitución Política de la República de Guatemala y asociación ilícita.

 

El ente investigador sostiene que el togado se habría reunido con Gustavo Alejos, quien buscaba influir en la designación a la CSJ y Salas de Apelaciones.

El magistrado es vinculado a Gustavo Alejos en una investigación de la FECI y además, firmó el amparo para que se dieran las medidas en contra de Pedro Pablo Marroquín y Oscar Clemente Marroquín de La Hora, que promovió Alejandra Carrillo argumentando violencia contra la mujer.

La Comisión Postuladora nominará a seis candidatos a Fiscal General. Foto: La Hora/José Orozco

BUSCA SER FISCAL GENERAL

El pasado 18 de febrero, el magistrado Henry Alejandro Elías Wilson presentó su expediente para integrarse como aspirante al cargo de Fiscal General del MP.

Hasta el momento el togado ha avanzado en las distintas etapas del proceso, el 21 de marzo presentó sus pruebas de descargo, por una tacha que la Postuladora admitió en su contra por su posible vinculación con Gustavo Alejos. La Comisión conocerá las pruebas de descargo el próximo 30 de marzo.

AGRAVIOS

El Ministerio Público expuso entre los agravios que, “el pesquisidor al emitir su informe, olvidó que su atribución consiste en poner a disposición del pleno de magistrados los hechos investigados, a fin de que puedan asumir una decisión definitiva, y no arrogarse facultades que no le competen al calificar la tipificación delictiva”

Además, indicó que la CSJ: “incumplió con fundamentar debidamente la resolución, pues no se pronunció respecto de la existencia de razones políticas o espurias en la denuncia presentada, no analizó los puntos expresamente impugnados y omitió hacer alusión tanto de los documentos que aportó el accionante, como también, del contenido del informe que rindió el juez pesquisidor”.

 

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