Con 116 votos a favor, el abogado Carlos Humberto Sandoval Orellana, de 48 años, fue electo por el Congreso de la República, como el nuevo Director General del Instituto de la Defensa Pública Penal (IDPP), para el período 2024-2029.
El profesional del derecho fue juramentado este 6 de agosto por el pleno del Legislativo, durante la vigesimoséptima sesión ordinaria y tomará posesión del cargo inmediatamente.
“Esperamos que trabaje para aquellos que no tienen recursos para pagar un servicio privado y defender su inocencia. Le deseamos los mejores éxitos”, expresó el presidente del Legislativo, Nery Ramos.
De acuerdo con la Ley del Servicio Público de la Defensa Penal, el director ostentará su cargo por cinco años y puede ser reelegido por un periodo más.
Sandoval Orellana, de 48 años, es licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, con una maestría en Derecho Procesal y acumula una experiencia penal por más de 29 años.
Ha sido director general del IDPP en funciones y otros puestos en la institución. Actualmente, es defensor público de oficio en materia penal.
La votación
El Consejo del IDPP, propuso una terna, quienes obtuvieron los siguientes votos:
- Carlos Humberto Sandoval Orellana: 116 a favor, 26 en contra y 18 ausentes.
- Rony Eulalio López Contreras: 44 a favor, 87 en contra, 19 ausentes.
- Lesbia Sis Chen: 51 a favor, 91 en contra, 18 ausentes.
El Congreso votó para la aprobación del proyecto que declara electo al nuevo funcionario, el cual quedó de la siguiente manera: 113 a favor, 27 en contra y 20 ausentes.
Con la aprobación del pleno, el acuerdo entra en vigencia inmediatamente y deberá publicarse en el Diario Oficial para el conocimiento de la población guatemalteca.
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Los requisitos para el puesto
Los candidatos a optar por el cargo de director de esa institución, debían cumplir con los siguientes requerimientos, según lo establecido por la ley.
- Ser abogado colegiado activo, con un mínimo de 5 años de colegiatura.
- Acreditar amplia experiencia en materia penal.
- Haber ejercido como defensor público de oficio, en funciones judiciales o de carrera del Ministerio Público, que requieren el título de abogado durante un tiempo mínimo de 5 años, pudiéndose sumar los tiempos parciales en cada uno de ellos a los efectos de cómputo exigidos; o en su caso, ser Abogado en ejercicio profesional privado con experiencia penal en administración.