El Congreso de la República aprobó el decreto 7-2022, reformas a la Ley de la Carrera Judicial. Foto La Hora

El Congreso de la República aprobó el decreto 7-2022, reformas a la Ley de la Carrera Judicial, con las que retiran funciones al Consejo de la Carrera Judicial (CCJ), para otorgárselas de nuevo a la Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Entre las reformas aprobadas esta la modificación al artículo 5 de la ley, estableciendo el procedimiento para elegir a los integrantes del Consejo y ahora el presidente de turno del Organismo Judicial presidirá el CCJ, por ejemplo, la magistrada Silvia Patricia Valdés tendrá más atribuciones.

La reforma señala que “el presidente del Organismo Judicial y de la Corte Suprema de Justicia, quien lo presidirá, durará en el cargo el tiempo que desempeñe dicho cargo y podrá ser sustituido en su ausencia por el magistrado de la Corte Suprema de Justicia que elija el pleno de la Corte”.

CREAN ESCUELA DE ESTUDIOS JUDICIALES

Además, se modificó el artículo 6 de la Ley y el cual está relacionado a las atribuciones del Consejo de la Carrera Judicial. Se adicionó el artículo 13 para la creación de la Escuela de Estudios Judiciales; una unidad encargada de planificar, ejecutar y facilitar la capacitación y formación técnica y profesional de jueces, magistrados y empleados del OJ, se lee en la normativa.

 

El Artículo 25 también sufrió una modificación relacionada a los ascensos y consiste en que ahora el Consejo de la Carrera Judicial convocará a concursos por oposición para ascensos y la CSJ otorgará los cargos a los aspirantes con mejor calificación en la evaluación.

“Se considera ascenso el acto por el cual un juez o magistrado pasa a desempeñar un cargo judicial de competencia diferente por razón de categoría o instancia según lo determine la Corte Suprema de Justicia. El Consejo de la Carrera Judicial, convocará a concursos por oposición para dichos ascensos indicando los requisitos que correspondan y considerando criterios como la evaluación del desempeño profesional satisfactorio, la especialidad, méritos, procediendo el Pleno de la Corte Suprema de Justicia a realizar el análisis para efectuar el ascenso que corresponda”, establece la reforma.

 

Además, se adicionó un artículo sobre traslados y permutas, el cual establece que los jueces y magistrados podrás ser trasladados por la CSJ por razones de servicio o ascensos.

El artículo 7 que regula la emisión y actualización del Consejo y sus reglamentos, el cual establece que la CSJ elaborará y aprobará un reglamento general de la Ley de la Carrera Judicial en un plazo no mayor de tres meses.

El presente decreto entrará en vigor inmediatamente después de su publicación en el Diario Oficial.

PROPUESTA DE VARIOS DIPUTADOS TODOS DE 2019

Esta normativa fue presentada en agosto de 2019 por los entonces diputados de la Octava Legislatura: Edna Soto de Kestler, Juan Ramón Lau, José Arturo Martínez, Álvaro Arzú, José Rodrigo Valladares, Flor de María Chajón y Felipe Alejos.

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