Por María España
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Ante el incremento de casos positivos de Covid-19, en reunión de Consejo de Ministros, el presidente de la República, Alejandro Giammattei, decretó Estado de Prevención en todo el territorio nacional en un plazo de quince días. A partir de mañana entrarán en vigor las disposiciones, mientras se hace una nueva evaluación del Sistema de Alertas Sanitarias.
“Guatemala nos necesita hoy para vencer, juntos, este virus. Exhorto a la juventud a que sea ejemplo y ayude a cuidar a los más vulnerables evitando exponerlos al peligro de contagio. No les estamos pidiendo nada imposible de cumplir, pero sí algo que será trascendental para determinar el destino de nuestro país y contener esta pandemia.”, expresó por medio de cadena nacional.
En tal sentido, el mandatario señaló que disolverán toda reunión, grupo o manifestación pública, por lo que exhortó el uso de plataformas virtuales en los casos que sea posible.
Asimismo, indicó que las fuerzas de seguridad en coordinación con el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS) podrán solicitar a quienes viajen dentro del país la declaración y documentos de itinerario a seguir, así también las reuniones al aire libre aún si fueran de carácter privado serán limitadas.
El @MinSaludGuate compartió las medidas que estarán vigentes durante el Estado de Prevención que finalizará en próximo 30 de abril. pic.twitter.com/0QdkfPTQfg
— Diario La Hora (@lahoragt) April 17, 2021
Por otro lado, queda prohibido el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas de lunes a domingo desde las 8:00 pm para culminar a las 6:00 am del día siguiente, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, hoteles, supermercados y tiendas de conveniencia; mientras que la prohibición para el consumo será de las 6:00 pm a las 6:00 am del día siguiente.
Giammattei enfatizó en el uso obligatorio de mascarilla, el cual será obligatorio según las disposiciones, exceptuando menores de 2 años y personas con indicaciones médicas. Resaltó el cumplimiento del distanciamiento físico o social de por lo menos 1.5 metros de distancia.
AFORO AL 25% EN COMERCIOS
En la misma línea, aseveró que el Ministerio de Salud emitirá un acuerdo ministerial que establece que el aforo en mercados, centros comerciales, centros de trabajo y bares se reduce al 25 por ciento de su capacidad. Agregó que se privilegiará la modalidad de teletrabajo, si la naturaleza de este lo permite.
El horario de los mercados será de 5:00 am a 6:00 pm, disponiendo de horarios especiales para personas mayores de sesenta años. Mientras que los centros comerciales y similares podrán realizar sus actividades hasta las 8:00 pm. El servicio de comida y alimentos preparados en ambos casos será únicamente “para llevar”.
El gobernante señaló que los establecimientos abiertos al público deberán colocar un rótulo visible en el que se indique el aforo permitido.
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LIMITACIÓN DE INGRESO AL PAÍS
Además, puntualizó que se limitará el ingreso al país a las personas extranjeras que han estado en los 14 días anteriores a su arribo al país en Brasil, Reino Unido, Irlanda del Norte y Sudáfrica. Aclaró que dicha restricción no aplica a guatemaltecos extranjeros con residencia permanente en Guatemala ni al cuerpo diplomático acreditado en el país o cualquier ingreso de carácter humanitario.
No obstante, estos deberán cumplir con cuarentena en un período mínimo de diez días en su residencia.
Aquí las siete disposiciones del Gobierno para contener el aumento de casos:
1. Se limita la celebración de reuniones públicas o privadas al aire libre, las manifestaciones públicas u otros espectáculos. Se exhorta al uso de plataformas virtuales en los casos que sea posible.
2. Se faculta a las autoridades para disolver reuniones o manifestaciones públicas que limiten la libre locomoción o que se efectúen sin las medidas sanitarias necesarias.
3. Las fuerzas de seguridad, en coordinación con el Ministerio de Salud Pública, podrán solicitar a quienes viajen por el territorio de la República de Guatemala, la declaración y documentos de itinerario a seguir.
4. El uso de la mascarilla será obligatorio en todo espacio o lugar público, establecimientos estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte o tránsito. En caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones penales y administrativas que correspondan. La diferencia entre la vida y la muerte puede ser algo tan sencillo como el uso de la mascarilla y el lavado frecuente de manos, por esto lo hemos incluido entre las disposiciones de aplicación obligatoria.
5. Distanciamiento social de al menos 1.5 metros.
6. Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, de lunes a domingo de las dieciocho (18:00) horas del día que concluye a las seis (6:00) horas de la mañana del día siguiente en establecimientos comerciales, cualquiera que sea su categoría, y en la vía pública.
7. Se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, de lunes a domingo de las veinte (20:00) horas del día que concluye a las seis (6:00) horas de la mañana del día siguiente.
MÁS DE 13 MIL CASOS ACTIVOS
Según el Tablero Covid-19, hay un acumulado de 210,667 casos registrados, de los cuales 13,971 permanecen activos. De acuerdo con los registros del Ministerio de Salud, los contagios predominan en el grupo etario de 20 a 29 años, habiendo registrado estos 54,203 casos.
Al pasado miércoles, 15 de abril, la cartera registró una incidencia acumulada de 1,249.6 casos por cada 100 mil habitantes, cuando hace un mes era de 1,091. Los municipios que predominan en el registro de casos diarios son Guatemala, Quetzaltenango y Mixco.
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