Recientemente Patricia Valdés, presidenta del Organismo Judicial aseguró que los procesos de antejuicio contra los jueces no pone en riesgo la independencia judicial. Foto: La Hora

Este viernes la Corte Suprema de Justicia (CSJ) publicó en el Diario Oficial el Acuerdo 30-2020, en el cual autoriza que el servicio de protección para los magistrados continúe cinco años después de que finalicen sus funciones.

Según puede leerse en ese acuerdo, se tomó en cuenta que “el ejercicio de la judicatura y la administración del Poder Judicial conlleva serios riesgos a la vida e integridad personal de los funcionarios judiciales y que los magistrados miembros de la CSJ ven agravados los peligros a su vida e integridad personal, por la naturaleza de los cargos que conocen y resuelven así como su mayor exposición pública”.

Este beneficio se extenderá por un periodo de cinco años, tiempo en el cual a cada uno de los exfuncionarios se le asignará un piloto y dos agentes de seguridad.

Asimismo, se indica que la asignación de este beneficio no incluye vehículos ni combustible, los cuales deberán ser proporcionados por el magistrado beneficiario que utilice el servicio temporal.

PUEDEN RENUNCIAR AL BENEFICIO

Según el artículo 3 del acuerdo, que se refiere a la adhesión voluntaria, los magistrados que no requieran el uso del servicio de “Protección Temporal de Exmagistrados de la CSJ lo deberán manifestar por escrito ante el Presidente de la Corte Suprema de Justicia con antelación a su inicio para ser excluidos del mismo”.

En caso de vencimiento anticipado del servicio de protección el mismo se dará por concluido por causa de muerte del beneficiario o por solicitud del magistrado que así lo requiera “la cual deberá ser aprobada por el Presidente del Organismo Judicial, dentro del tercer día de presentada”.

Asimismo, se señala que finalizará de oficio, total o parcialmente por parte de la Presidencia del Organismo Judicial “en caso de que, comprobadamente, el beneficiario dé al personal un destino que difiera del propósito del servicio de protección temporal. La resolución será motivada y no admitirá ningún recurso” se resalta en el último párrafo.

 

¿QUIÉNES LO RESPALDARON?

El acuerdo 30-2020 fue aprobado por los magistrados titulares Silvia Valdés, Vitalina Orellana, Josué Felipe Baquiax, Néster Vásquez Pimentel (ahora magistrado de la CC), Manuel Duarte y José Antonio Pineda Barales. Los magistrados Delia Dávila y Sergio Pineda votaron en contra.

El documento también cuenta con las firmas de los magistrados de Sala Marvin Herrera, María de la Luz Gómez, Elsa Noemí Falla, Freddyn Fernández y Ronald Colindres.

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