
Por Lourdes Arana
lcarana@lahora.com.gt
Se han presentado 5 apelaciones contra de la designación de Mynor Moto como magistrado de la Corte de Constitucionalidad (CC) para culminar el periodo actual y ahora serán los presidentes de los Colegios Profesionales los que deben resolver estas impugnaciones.
Los profesionales deben de analizar los señalamientos por las cuales quienes han planteado su oposición a la designación consideran apto o no, que Moto asuma como magistrado titular de la CC por el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).
Según analistas consultados por La Hora, consideran que lo más oportuno es que se declaren con lugar los recursos de apelación y se convoque a una nueva elección.
LEA: MP apela ante el CANG por la elección de Moto para la CC
AR: DEBEN REVISAR LO CRITERIOS DE IDONEIDAD
Álvaro Montenegro de Alianza por las Reformas, una de las organizaciones que apeló, comentó que corresponde a los presidentes de los Colegios Profesionales declarar con lugar estas acciones y convocar a una nueva elección.
Montenegro agregó que los profesionales a cargo de las impugnaciones presentadas, “deben revisar los criterios de idoneidad”.
Además, reiteró que mientras no se resuelvan las impugnaciones “no puede tomar posesión Moto”.

SAMAYOA: SE DEBE REPETIR EL PROCESO DE ELECCIÓN
El abogado, Oswaldo Samayoa, explicó que desde antes de que se diera el proceso de elección se debía tener en cuenta la calificación de la idoneidad, porque es un requisito constitucional estipulado en el Artículo 113 y que debió revisar el Tribunal Electoral del CANG.
“En este caso es válido que cualquier profesional miembro del gremio puede hacer la impugnación y sobre cuando sabemos que el ente de persecución penal que es el Ministerio Público (MP) tiene sospechas de la participación de esta persona en hechos ilícitos”, resaltó Samayoa.
LEA: Comisiones Paralelas 2020: Ortiz ve que Moto demuestra un claro conflicto de interés
En este sentido el MP aduce falta de temporalidad en la realización de la elección, lo que sentaría un precedente en el proceso por lo que se tendría que repetir, argumentar.
Samayoa resaltó que el proceso de elección para magistrados de la CC tiene que repetirse en marzo de este año, por lo que considera que lo más oportuno en este momento sería es que el Tribunal Electoral del CANG de a lugar las apelaciones, realice la convocatoria para el próximo periodo y se entre a un proceso real de calificación de quienes quieren ser magistrados.
LEA: AxR detalla trayectoria de “falta de honorabilidad” del juez Moto
CIEN: SE DEBE REVISAR LA IDONEIDAD Y LAS “TACHAS”
Por otro lado, el analista del Centro de Investigaciones Económicas Nacionales (CIEN), comentó que los presidentes de los Colegios Profesionales se tendrían que regir por la acción que se refiere a que se debe revisar la idoneidad y las “tachas” que Mynor Moto tiene en su contra.
Quezada explicó que no existe idoneidad por parte de Moto para ejercer como magistrado de la CC, porque no ha ejercido como abogado la cantidad de tiempo que estipula la ley, además, se deben analizar los señalamientos que este tiene en su contra.
“Si la instancia profesional decide que efectivamente no podía correr la candidatura, ellos prácticamente lo que harían es repetir la elección o decidir que quien quedó en segundo lugar suba a primero o finalmente rechazar la apelación planteada”, agregó el experto.
