La exoneración será del 100% del valor de la multa, mora o intereses. Foto: La Hora/José Orozco

El Gobierno de Guatemala publicó este viernes 5 de agosto el acuerdo 208-2022 en el Diario de Centro América, con el que el presidente Alejandro Giammattei autorizó una exoneración de multas y recargos por omisión de pago del Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos. Mientras que, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) informó que está preparada para recibir las contribuciones aplicando dicho beneficio.

La exoneración es del 100% del valor de la multa, mora, intereses o recargos causados, pero bajo la condición que el propietario del vehículo liquide la totalidad del impuesto establecido.

 

LA RAZÓN PARA LA EXONERACIÓN

El acuerdo destaca que es función del Presidente, exonerar multas y recargos a los contribuyentes que hubieran incurrido en ellas por no cubrir los impuestos dentro de los términos legales o por actos u omisiones en el orden administrativo.

“Por diversas razones, algunos contribuyentes no pudieron hacer efectivo dentro del plazo establecido en el Decreto número 70-94 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Impuesto sobre Circulación de Vehículos Terrestres, Marítimos y Aéreos, el pago correspondiente a los períodos fiscales 2021 y 2022, y con el objeto de facilitar que los mismos cumplan con sus obligaciones tributarias sin afectar su economía, es necesario otorgar exoneración sobre multas y recargos en que hayan incurrido”, justificó Presidencia en el acuerdo.

Para la aplicación de la exoneración, la SAT podrá emitir las disposiciones administrativas correspondientes que considere.

La medida empezará a regir el día de su publicación en el Diario de Centro América y tendrá vigencia hasta el 31 de agosto de 2022.

 

SAT: SISTEMAS INFORMÁTICOS ESTÁN PREPARADOS

Al respecto, la SAT comunicó que sus sistemas informáticos están preparados para procesar el pago del Impuesto Sobre Circulación de Vehículos de los años 2021 y 2022 con la exoneración de multas, mora e intereses establecidos en el Acuerdo.

También reiteró que los contribuyentes podrán hacer el pago del 5 al 31 de agosto.

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