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Renap indicó que las personas tengan su DPI vencido si deberán renovar. Foto: Renap

El Registro Nacional de las Personas (Renap) informó en un comunicado que la publicación del decreto 32-2022 del Congreso de la República que entra en vigor a partir del 01 de enero de 2023 y que extiende la vigencia del Documento Personal de Identificación (DPI), este no aplicará para los que estén vencidos o próximos a vencer en 2022.

El Renap recalcó que es importante tomar en cuenta que la entrada en vigor del Decreto será a partir del próximo año por lo que en los casos que mencionan sí deberán renovar sus documentos.

El Decreto al que hace referencia Renap, fue publicado este 13 de junio en el Diario de Centro América con el que se declara la validez legal de todo DPI que se encuentre vencido a partir del 01 de enero de 2023.

 

Esto aplicaría para el titular que no haya iniciado el procedimiento administrativo de renovación y también de los que expiren a partir de entrada en vigor del decreto hasta el 13 de diciembre de 2023.

El artículo 2 de la normativa especifica que esta ampliación temporal del DPI es válida para aquellos que hayan vencido a partir de la fecha de entrada en vigor hasta el 31 de diciembre del 2023.

Para los casos que aplique las autoridades judiciales y administrativas, entidades públicas, privadas u otras de cualquier índole, estarán obligadas a observar lo dispuesto en dicha ley, privilegiando en todo caso, sin excepción alguna, los derechos y deberes de los titulares del DPI en todos los actos civiles, políticos, administrativos y legales que lo requieran.

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