El Ministerio de Educación dio a conocer las normas para atención de estudiantes. Foto: La Hora/AGN

El Ministerio De Educación (Mineduc) publicó este lunes en el Diario Oficial el Acuerdo Ministerial Número 1600-2022 sobre la Norma sanitaria para la prevención y control de infecciones por COVID-19 para los Centros del Sistema Educativo Nacional, la cual incluye como anexo el Tablero de Regulaciones, según Alerta Sanitaria que será vigente a partir de este día, tras su publicación.

 

La normativa establece que continuará siendo obligatorio el uso de mascarillas en espacios cerrados.

Estas son las medidas vigentes para toda la población educativa:

• Uso obligatorio y adecuado de mascarilla o tapaboca. Se exceptúan las personas que por su condición médica tengan una contraindicación.

• En ambientes interiores deberán mantenerse las puertas y las ventanas abiertas, de preferencia con ventilación cruzada. Los educadores deberán impartir clases lo más cercano al flujo de ventilación posible, utilizando en todo momento la mascarilla.

• La organización de aulas y mobiliario, así como de cualquier actividad dentro del centro educativo, debe asegurar que se mantenga un distanciamiento físico mínimo de 1.5 metros entre las personas.

• Todos los centros educativos procurarán tener espacios dedicados a la higiene de manos con agua y jabón, o alcohol en gel de preferencia concentrado al 70%. Antes y después de cada jornada deben desinfectarse las superficies del aula utilizando los desinfectantes y fórmulas aprobadas en las normas y disposiciones emitidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

• Se debe garantizar que durante el tiempo de consumo de alimentos los estudiantes, docentes, personal administrativo y de servicio eviten compartir alimentos que consumen y se mantenga el distanciamiento.

 

ENCARGADO DE SALUD

El Acuerdo establece en el artículo 4 que todos los centros del sistema educativo nacional, deberá contar con un encargado de salud escolar que forme parte de la estructura del Comité Escolar de Gestión de Riesgo, quien será el responsable de referir al Sistema de Salud los casos en los que exista sospecha de infección o contagio, y de dar seguimiento a la ruta establecida en los protocolos del Ministerio de Educación.

Asimismo, el Acuerdo establece que todo centro educativo deberá Implementar las acciones de protección y bioseguridad contenidos en los protocolos para el desarrollo de las actividades educativas presenciales y contar con un plan de emergencia que permita, en caso de que la situación sanitaria así lo requiera, un cambio inmediato de modalidad de entrega educativa.

 

PLAN DE CONTINGENCIA

El Acuerdo establece que todo centro educativo deberá implementar un plan que contenga los siguientes puntos:

• Técnica de higiene de manos.
• Uso adecuado de la mascarilla o tapabocas.
• Identificación de casos sospechosos de COVID-19.
• Técnicas y procedimientos de limpieza y desinfección.
• Distanciamiento físico.
• Apoyo en campañas de sensibilización para la vacunación contra COVID-19.

 

La cartera de Educación agrega que estas medidas se pueden modificar cuando derivado de las supervisiones realizadas de forma aleatoria por parte de los servicios de salud locales del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, se verifique y notifique al Mineduc el no cumplimiento de las medidas de bioseguridad establecidas en los Protocolos del Ministerio de Educación.

También se puede modificar cuando se verifique el incumplimiento de las medidas de bioseguridad contenidas en el anexo.

Según la publicación, el presente Acuerdo Ministerial empieza a regir el mismo día de su publicación en el Diario Oficial.

TABLERO

El Acuerdo agrega un anexo que contiene el tablero de regulaciones según la alerta sanitaria para los centros del sistema educativo a nivel nacional.

DOCENTES

ALERTA ROJA

• Uso obligatorio de mascarilla en espacios abiertos y cerrados.
• Distanciamiento de 1.5 metros en espacios abiertos y cerrados.
• De preferencia ventilación natural

 

ALERTA NARANJA

• Uso obligatorio de mascarilla en espacios abiertos y cerrados.
• Distanciamiento de 1.5 metros en espacios abiertos y cerrados.
• De preferencia ventilación natural

ALERTA VERDE

• Se recomienda distanciamiento físico de 1.5 metros

RECREOS, EDUCACIÓN FÍSICA, ACTIVIDADES CÍVICOS CULTURALES

ALERTA ROJA

• Uso obligatorio de mascarilla en espacios abiertos y cerrados.
• Distanciamiento de 1.5 metros en espacios abiertos y cerrados.
• De preferencia ventilación natural

ALERTA NARANJA

• Uso obligatorio de mascarilla en espacios abiertos y cerrados.
• Distanciamiento de 1.5 metros en espacios abiertos y cerrados.
• De preferencia ventilación natural

 

ALERTA VERDE

• Se recomienda distanciamiento físico de 1.5 metros

 

TRANSPORTE ESCOLAR

• Uso obligatorio de mascarilla

 

SISTEMA DE -BURBUJAS

• Se recomienda mantener el sistema de «Burbujas para facilitar el rastreo y prevención de contagios.

 

Artículo anteriorRECTOR-USAC: Semana decisiva en futuro del “oficialista” Mazariegos
Artículo siguienteKourtney y Travis vuelven a decir que sí, esta vez en Italia