El Ministerio de Energía y Minas (MEM), en el Diario de Centro América, publicó los lineamientos para la implementación del apoyo social y temporal del diésel y la gasolina regular en Guatemala, con el que se calculará el precio máximo de referencia al consumidor y que determina el apoyo social temporal de Q5 y Q2.50, respectivamente.
Las instrucciones están elaboradas para las 22 cabeceras departamentales del país, en la modalidad de autoservicio, considerando las condiciones particulares del mercado de diferentes regiones.
Todo esto, también implica que la Dirección General de Hidrocarburos calcule semanalmente los precios máximos de referencia aplicables al apoyo social temporal, tomando como base los precios internacionales del combustible en la Costa del Golfo de Estados Unidos.
SE TOMARÁN COMO BASE LOS PRECIOS MÁXIMOS DE REFERENCIA
Para el cálculo del precio máximo de referencia al consumidor para el diésel y gasolina regular se tomará como base los precios máximos de referencia en terminal de cada producto.
El MEM, indicó que para la verificación del cumplimiento al apoyo social temporal en las estaciones de servicio, se deben considerar los precios publicados por el Ministerio de Energía y Minas, así como las facturas de compra y venta de diésel y gasolina regular.
#LHEconomía ¿Por qué Guatemala es un destino ideal para la industria de reuniones? Aquí detalles ? https://t.co/k6R2buNMRJ
— Diario La Hora (@lahoragt) April 5, 2022
PRECIOS ESTARÁN PUBLICADOS EN PÁGINA DEL MEM CADA SEMANA O SEGÚN SE REQUIERA
La cartera, señaló que para efectos de cumplimiento de la Ley de Apoyo Social Temporal a los Consumidores de Diésel y Gasolina Regular, los precios máximos de referencia al consumidor y en terminal se publicarán en la página electrónica del MEM cada semana o cuando se den variaciones en su precio internacional.
El artículo 95-2022, entró en vigor a partir de este 5 de abril.