El Gobierno de Guatemala a través de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SIT), ha implementado una nueva numeración especial de cuatro dígitos, identificada como la serie 15XX, con el objetivo de facilitar a la ciudadanía canales directos, rápidos y eficientes para obtener información y asistencia en temas de interés público.
¿QUÉ ES Y CÓMO FUCIONA?
Los números de la serie 15XX están destinados a servicios de ayuda social y permiten el acceso ágil y sin barreras a información clave para la población. Además, cuentan con portabilidad numérica, lo que significa que las entidades que los utilicen podrán mantener el mismo número sin importar cambios de operador o ubicación.
Estos números no pueden ser asignados a entidades con fines políticos o religiosos, ya que su uso está exclusivamente dirigido a servicios sociales en beneficio de la ciudadanía.
REQUISITOS
Las instituciones interesadas en obtener un número de la serie 15XX deben cumplir con requisitos específicos, entre ellos:
– Presentar una solicitud formal ante la SIT, adjuntando el Formulario de Solicitud de Número de 4 Dígitos (GRT-RN-Cuatro-Dígitos).
– Incluir una carta justificativa en la que se detalle el impacto social del servicio y su contribución al bienestar ciudadano.
– Contar con al menos tres líneas telefónicas operativas, asegurando una atención eficiente y accesible para la población.
COMPROMISOS DE LAS ENTIDADES ADJUDICATARIAS
Las instituciones que obtengan un número de la serie 15XX deberán asumir una serie de responsabilidades, entre ellas:
- Habilitar el número y ponerlo en operación en un plazo máximo de tres meses.
- Mantener un control estadístico detallado de las llamadas recibidas, registrando la cantidad de llamadas y su duración promedio, con el fin de mejorar continuamente el servicio.
- Utilizar el número únicamente para el propósito para el cual fue asignado.
- Notificar a la SIT cualquier cambio o suspensión del servicio, garantizando transparencia y confianza pública.
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DURACIÓN Y REGULACIONES
Los números 15XX se asignan por un período de cinco años, con la obligación de que las entidades actualicen la información sobre su uso cada enero. El proceso de asignación está regulado por las resoluciones SIT-205-2005, SIT-309-2012, SIT-606-2012 y SIT-DSI-662-2018, que garantizan que el procedimiento sea transparente, equitativo y orientado al beneficio de la población.
Para más información sobre cómo solicitar este número, las entidades interesadas pueden comunicarse al 2321-1000 o visitar el sitio web www.sit.gob.gt.
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