El secretario general del partido político Azul, Jorge Mario Villagrán, afirmó que dicha agrupación política ha cumplido con la ley electoral, y de esa cuenta han podido realizar las distintas asambleas, luego de que el Ministerio Público (MP) solicitó información al Tribunal Supremo Electoral (TSE) por la conformación de dicho partido.
El Partido Azul, al que pertenece el presidente del Congreso de la República, está en el radar del ente investigador desde 2024, luego de que un ciudadano informó que varios integrantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de ese partido renunciaron.
«Estamos tranquilos en esa parte, porque ya realizamos nuestras asambleas, primero extraordinarias, que era para complementar todo lo que teníamos desintegrado. Luego nuestra asamblea general, que si no estuviéramos en Ley, no hubiéramos podido hacer ninguna de las asambleas», reiteró Villagrán.
El también diputado calificó como situaciones normales, las denuncias que se han presentado, pues alguien pueda que se sienta tal vez ofendido en sus actos cívicos, y agregó que esa situación los fortalece como partido político, pues cuando el TSE responda al Ministerio Público estarán «muy bien».
EL REQUERIMIENTO DEL MP DIRIGIDO POR CONSUELO PORRAS
Una vez más, la cuenta del netcenter de «yes master», fue la primera en compartir el requerimiento del fiscal Ervin Joel Bolvito Enríquez, de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), respecto a la conformación del Partido Azul el 29 de mayo último.
Las peticiones del fiscal son:
- Copia certificada de la solicitud que presentó al TSE de un integrante del Partido Azul, que indica que el CEN de la renuncia de varios ciudadanos a inicios de 2024, e informar de lo mismo.
- Informar si actualmente el partido político Azul cuenta con la cantidad mínima de personas afiliadas, asimismo, indicar si la agrupación está vigente e integrado, y remitir copia certificada del expediente completo del partido.
Para la entrega de la información se estableció 48 horas en las oficinas de MP en Genora, cuyo fundamento del requerimiento es con base a los artículos 251 de la Constitución Política, y del Código Procesal Penal.
El expediente de la investigación es el número MP001-2025-15607.
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