POR MARGARITA GIRÓN
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A través de un comunicado, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab), emitió una postura con relación al Decreto Número 42-92, Ley de Bonificación Anual para Trabajadores del Sector Privado y Público (Bono 14), en el cual se establece la obligación de pagar una bonificación en la primera quincena del mes de julio de cada año a todos los trabajadores, mencionando tres orientaciones para que los patronos puedan cumplir con dicho pago.
En tal sentido, el Mintrab reitera que esta prestación debe ser cubierta, especialmente por parte de las empresas que han continuado operando a pesar de la emergencia por el COVID-19, ya que el cumplimiento de este compromiso es un derecho de los trabajadores que el Estado debe garantizar y lo hará a través de los mecanismos establecidos en la ley.
Mintrab emite un comunicado por tema del pago del Bono 14. pic.twitter.com/4AlIN9Cw64
— Diario La Hora (@lahoragt) July 8, 2020
OPCIONES
Según detallan, se realizaron las gestiones ante las entidades financieras: MICOOPE, Banco de Desarrollo Rural, S.A. –BANRURAL– y Banco Inmobiliario S.A., para que los empleadores puedan acceder al Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, de conformidad con lo establecido por el Decreto Número 13-2020 y el Reglamento de dicho Fondo emitido por el Crédito Hipotecario Nacional (CHN), para el cumplimiento del pago de esta prestación.
LOS QUE NO PUEDEN PAGAR
Agregan que, los patronos que no estén en posibilidad económica para realizar el pago de la Bonificación y así lo comprueben, deberán informar al Ministerio de Trabajo y Previsión Social sobre dicha situación, a través de una declaración jurada, como establece la legislación aplicable. “La Inspección General de Trabajo actuará conforme a la ley en caso de duda razonable o inexactitud de la información declarada”, enfatiza el pronunciamiento.
PRINCIPIO CONCILIATORIO
Además, precisan que, el Mintrab debe velar por el cumplimiento de la ley y los principios que inspiran el derecho laboral, siendo uno de ellos el principio conciliatorio. La ley es tutelar del trabajador y se implementarán las acciones que correspondan en caso de que se incumplan los acuerdos establecidos.
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“El Ministerio reconoce que, derivado de la actual situación de emergencia, la actividad económica de varios sectores se ha visto afectada, por lo que, atendiendo a la legislación vigente que regula los mecanismos para el cumplimiento o documentación de las obligaciones relacionadas con dicha prestación, informa de las siguientes tres orientaciones para que los patronos cumplan con su obligación”.
Este aspecto se refiere a que las partes se pongan de acuerdo en pagos y el Mintrab supervisará si se cumple, explicó una fuente oficial.
Para ampliar el tema, La Hora consultó al Ministerio sobre los patronos que presenten dicha declaración; sin embargo, indicaron que es el Ministro quien puede aclarar el tema y por encontrarse en una reunión no podía atender a las consultas. Este vespertino publicará la información al momento de ser recibida.