Ricardo Castillo, presidente del Irtra. Foto: La Hora

Por Margarita Girón
jgiron@lahora.com.gt

La Junta Directiva del Instituto de Recreación de los Trabajadores de la Empresa Privada (Irtra), publicó hoy en el Diario Oficial, el Acuerdo 1-2020, que establece el diferimiento del pago del impuesto de recreación a los patronos afectados por la emergencia del COVID-19, durante los meses de marzo, abril y mayo.

Según se detalla en el Acuerdo, los pagos de dichas cuotas podrán realizarse en julio, agosto y septiembre respectivamente, o bien distribuir el monto total de las mismas en 18 cuotas mensuales, a partir del mes de julio.

Agregan que, el pago se realizará juntamente con las contribuciones que efectúen al Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS), de acuerdo con el procedimiento establecido. Además, acotan que, sin perjuicio de lo descrito en el Acuerdo, los patronos afectos podrán continuar realizando el pago en los plazos habituales.

En el Acuerdo se detalla la exoneración de cargos por mora e intereses resarcitorios a los patronos afectados del sector privado que opten por diferir las cuotas y que cumplan para el efecto, con las disposiciones emitidas por el IGSS, para la recaudación de las mismas, además de sus contribuciones ordinarias.

Dicho Acuerdo, es avalado por el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, a través del Acuerdo ministerial 159-2020, que da viabilidad, como enlace del Estado al documento emitido por el Irtra. Además, se detalla que entra en vigencia, el día de su publicación en el Diario Oficial.

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