El pronunciamiento general de la población se resume en el rechazo a la criminalización de las decisiones de las mujeres. Foto La Hora / José Orozco

El 8 de marzo en Guatemala se ha convertido en una fecha en la cual convergen distintos eventos. Por un lado, el Día Internacional de la Mujer, el aniversario del incendio en el Hogar Seguro Virgen de la Asunción con saldo de 41 niñas y adolescentes muertas y ahora el día en que el Congreso de la República aprobó la Ley de Protección de la Vida y la Familia.

Las críticas de usuarios en redes sociales no se hicieron esperar mientras los diputados oficialistas y aliados, todos afines al presidente Alejandro Giammattei, gran impulsor de la iniciativa, firmaban desde el Palacio Legislativo el Decreto 18-2022 con sus enmiendas.

El pronunciamiento general de la población se resume en el rechazo a la criminalización de las decisiones de las mujeres tomando en consideración los riesgos que padecen o las dificultades que enfrentan para acceder al sistema público de salud y el tema de la población sexualmente diversa, pero sin dejar de lado otros aspectos, como prohibir la educación sexual.

SOBRE EL ESTADO LAICO Y LA FAMILIA TRADICIONAL

La crítica de los usuarios también se centró en cómo el discurso de las autoridades permite entrever la inexistencia de un Estado laico, que parte desde las consideraciones de la iniciativa de ley en donde los diputados expusieron la protección de la “moral cristiana” contra corrientes contrarias a esta.

“Ante la existencia de grupos minoritarios de la sociedad guatemalteca, que proponen corrientes de pensamiento y prácticas incongruentes con la moral cristiana, así como modelos de conducta y convivencia distintos al orden natural del matrimonio y de la familia, (…) es necesario emitir disposiciones legales que (…) brinden una protección plena a las instituciones de la vida y la familia”, resalta la consideración.

 

En una de las enmiendas el oficialismo aprobó suprimir la palabra “cristiana”, pero durante el debate del Pleno los congresistas evocaron argumentos fundamentados en la cristiandad y orientaciones religiosas; asimismo, la ley continúa urgiendo la protección al matrimonio y la familia de esos grupos y prácticas “incongruentes” con la familia tradicional.

José Javier Gálvez, estudiante de Derecho, advirtió que la visión restrictiva de la familia utilizada en la ley atenta contra lo determinado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos:

“La Corte constata que en la Convención Americana no se encuentra determinado un concepto cerrado de familia, ni mucho menos se protege solo un modelo ‘tradicional’ de la misma. Al respecto, el Tribunal reitera que el concepto de la vida familiar no está reducido únicamente al matrimonio y debe abarcar otros lazos familiares (…)”, refiere la resolución.

El estudiante también remarcó que con lo anterior el Congreso ignora sus obligaciones Internacionales adquiridas en materia de Derechos Humanos “que por mandato constitucional tienen preeminencia sobre el derecho interno y sujetan el actuar del estado al control de constitucionalidad”.

Asimismo, expuso que este tipo de leyes regresivas atentan contra el principio de progresividad de los Derechos Humanos, que ya han sido analizados por la Corte de Constitucionalidad (CC) en su sentencia del 27 de enero de 2016 en el expediente 2885-2015.

 

Este principio de no retroceso, fijado en tratados como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, conlleva la prohibición de adoptar políticas y medidas “que empeoren la situación de los derechos sociales”.

“La Iniciativa de Ley 5272 atenta contra la laicidad del estado y, por lo tanto, contra los derechos humanos. Está construida sobre la base de una visión religiosa y discriminatoria y sus efectos están sumamente lejos de proteger la vida y la familia”, sentenció Gálvez.

CONSECUENCIAS PARA LAS ADOPCIONES

Desde otra perspectiva, el defensor de Derechos Humanos y abogado, Oswaldo Samayoa señaló tres formas en que la normativa atenta contra la colectividad o personas individuales. En primer lugar, porque el artículo 14 de la ley, Derecho a la Familia, solo podrán adoptar los hogares donde prevalezca el modelo de familia tradicional.

“Todos los niños y niñas tienen derecho a vivir con su familia nuclear, bajo la custodia y responsabilidad de su padre y madre naturales, y en su defecto tutores o iniciar con su trámite de adopción”, detalla el artículo enmendado.

 

“El Decreto 18-2022 aprobado ayer perjudica las adopciones monoparentales, pues en su art. 14 dice básicamente que sólo familia conformada por papá y mamá pueden adoptar. Afectación al interés superior del niño. Qué complicada se la pusieron al Consejo Nacional de Adopciones”, resumió.

El profesional también interpretó que según lo aprobado, una persona no heterosexual es incompatible con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano.

“Es decir le están llamando ‘anormal’. Violación al artículo 1, 4, 44, 46 de la Constitución. Ningún ser humano es anormal y menos por disposición de una ley. La Constitución no faculta al Congreso a que las leyes dispongan quién es normal y quién no”, distinguió Samayoa en su Twitter.

CABIDA PARA LA CRIMINALIZACIÓN DEL ABORTO ESPONTÁNEO

En otra enmienda se reestructura el primer párrafo del artículo 10 de la ley para suprimir la pena por aborto culposo. “La tentativa de la mujer para causar su propio aborto será sancionada con prisión de dos a cuatro años”, menciona el nuevo artículo.

No obstante, el segundo párrafo de esta cláusula todavía contiene el término “aborto culposo verificado por otra persona”, indicando que “será sancionado con prisión de dos a cuatro años siempre que tal persona tenga conocimiento previo del embarazo”.

 

Para Elías Domínguez, también estudiante de Derecho, este fue un intento de “tapar lo mal hecha que está la ley, hecha desde la más grande ignorancia y desconocimiento de Derechos Humanos básicos”.

Además, agregó: “Eso quiere decir que si usted está embarazada, sabe que lo está, y por condiciones ajenas a usted (de forma involuntaria) pierde su embarazo, usted será procesada y podrá pasar de 2 a 4 años en prisión si no tiene el dinero para pagar la pena. Aparte del trauma que supone la pérdida que tuvo, también enfrentará juicio por la pérdida involuntaria”, planteó en su Facebook.

EDUCACIÓN SEXUAL RESTRICTIVA

Con otra de las enmiendas, el oficialismo prohíbe la enseñanza en centros educativos privados y públicos con enfoque en las disidencias sexuales y conductas distintas a la heterosexual. Contrario al proyecto de ley, ahora el artículo 15 exige programas y políticas sobre educación sexual a la niñez y adolescencia.

“Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia políticas o programas que tiendan a desviar su identidad según su sexo al nacer o enseñar las conductas sexuales distintas; asimismo, deberá promover en la niñez y adolescencia políticas y programas relativos a la educación sexual, sexualidad, salud sexual y reproductiva”, formula la cláusula.

En redes sociales distintos usuarios pertenecientes a la comunidad LGBTIQ+ apuntaron cómo la ley agudiza la marginación y discriminación de este sector de la sociedad.

Algunos casos de violencia son considerados consecuencia de una educación sexual inadecuada, fueron ejemplificados con experiencias pasadas, como el caso de Daniel Villatoro, Coordinador de la Iniciativa Latinoamericana de periodismo sobre personas LGBTIQ+.

“Mi educación sexual en primaria y básico se basó en ideas religiosas (que cada persona puede tener pero para sí) en vez de información científica. Eso hizo que me quisiera matar, que creyera que estaba enfermo y que no pudiera vivir feliz”, contó en su perfil de Twitter.

 

Por el contrario, recordó que la educación sexual integral salvó y le brindó una mejor calidad de vida, aunque distinguió que solo la encontró cuando cursó sus estudios superiores; “hasta que era mayor de edad y podía decidir por mi cuenta”, dijo.

Incluso este panorama de discriminación desmotivó a algunas personas a vivir en Guatemala. “Bueno, supongo que nunca volveré a Guatemala, no voy a gastar mis ingresos disponibles en un país donde soy un criminal”, dijo el usuario “Imaginary Pixel”.

EMBARAZOS EN NIÑAS: UN FENÓMENO AÚN SIN SOLUCIÓN

Pese a que la ley establece efectuar políticas de educación sexual, estos esfuerzos datan de años anteriores, todos sin obtener resultados significativos. El reto de la educación sexual en Guatemala se evidencia en las 6,543 niñas y adolescentes entre 10 y 19 años que se convirtieron en madres en el primer mes del 2022.

Cabe destacar que este fenómeno no solo se centra en las nuevas madres jóvenes, sino en el futuro que le depara a sus hijos nacer bajo estas condiciones, pues la tendencia apunta que en jóvenes sin asesoría médica, psicológica y reproductiva probablemente reproduzcan otro embarazo a una temprana edad, replicando los mismos patrones del embarazo anterior, tal como refirió Mirna Montenegro, de Osar en un reportaje publicado por La Hora.

El sacerdote Edgar del Cid, desde su posición enfatizó su postura en contra del aborto; sin embargo, coincidió con otras posturas en el hecho de que la ley aprobada por el Congreso no erradicará el aborto debido a que se necesitan más acciones integrales para esta.

“Anoche estuve siguiendo el debate en el Congreso y me pareció certero lo que dijo el diputado Samuel Pérez, de Semilla: el aborto no se combate con una ley que prohíbe el aborto, el aborto se combate fortaleciendo la educación y el sistema de salud pública”, mencionó.

Por otro lado, consideró justa la protección de parejas homosexuales “de todo tipo de discriminación y se respete su integridad humana, la sociedad necesita de todos y no podemos darnos el lujo de discriminar a nadie”.

*Con información de Ana Lucía González

Jeanelly Vásquez
Periodista profesional de la USAC, actualmente cursando la Licenciatura en Ciencias de la Comunicación. Becaria en International Women’s Media Foundation (IWMF). Elabora piezas de investigación y profundidad, enfocadas en el gasto público, derechos humanos y la política guatemalteca. Tiene experiencia en producción de podcast y contenido en redes sociales; ha cubierto la fuente volante y el Organismo Ejecutivo. Twitter: @jeanellydvg
Artículo anteriorGiammattei habla de Familia en un acto pomposo
Artículo siguienteAntejuicio: Aifán entrega pruebas de descargo; juez revisará plazos para informe