Mañana, el Congreso de la República comenzará con el proceso para juramentar al magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Néster Vásquez Pimentel, como magistrado titular de la Corte de Constitucionalidad, luego que el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala rechazara las impugnaciones en contra de su designación y notificara al Legislativo al respecto.
En la agenda de la sesión plenaria del Congreso se consigna como tema primordial el conocer la notificación del CANG, relacionada a la elección de los magistrados titular y suplente de la CC, Néster Vásquez y Claudia Paniagua, respectivamente.
Dicha juramentación podría darse sin que se hayan resuelto un amparo y dos apelaciones en relación al proceso llevado adelante en el Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).
Esta situación sería contraria a lo ocurrido con Gloria Porras, quien fue designada por el Consejo Superior Universitario (CSU) pero no fue juramentada por el Congreso, debido a un amparo de la Sala Primera de lo Contencioso en contra del CSU.
De acuerdo con el abogado Alfonso Carrillo la juramentación de Néster Vásquez como magistrado titular y Claudia Paniagua como magistrada suplente, sería ilegal, ya que mientras haya procesos pendientes de resolver deben mantenerse en el cargo los representantes anteriores, es decir María Cristina Fernández ya que el magistrado Bonerge Mejía falleció.
Carrillo remarcó que, aún no se ha resuelto un amparo presentado el 19 de mayo último en la Sala Quinta del Tribunal de lo Contencioso Administrativo en contra de la Asamblea de Presidentes de los Colegios Profesionales.
“La Asamblea no ha remitido los antecedentes del caso y solo cuando lo haga la Sala se deberá pronunciar sobre el amparo provisional. Este es un de los procesos pendientes”, expone el abogado.
Además, señala que, tampoco se han resuelto dos recursos de apelación que se presentaron en tiempo -1 de febrero contra la convocatoria y 3 de marzo contra los resultados de la primera vuelta, respectivamente- ante la Junta Directiva del CANG.
Sin embargo, la Junta Directiva argumentó que no existe constancia o registro alguno del ingreso o presentación de estos recursos y se niega ilegalmente a darles trámite; no obstante, hay evidencia de los documentos sellados como recibidos por parte del CANG.
“Esta anomalía está siendo conocida por la Asamblea del Colegio de Abogados”, aseveró Carrillo.
CARRILLO PRESENTÓ OCURSOS ANTE ARGUMENTO DE LA JD DEL CANG
De acuerdo con el abogado, el 28 de mayo se presentaron dos ocursos ante la Asamblea de Presidentes de Colegios Profesionales, tras lo argumentado por el CANG respecto a que no existe constancia o registro alguno del ingreso o presentación de las acciones interpuestas contra la convocatoria y los resultados de la primera vuelta del proceso de elección de representantes del CANG a la Corte de Constitucionalidad.
Sin embargo, Carrillo expuso que, ambas acciones se presentaron, la primera el 1 de febrero y la segunda el 3 de marzo de 2021, según consta en los documentos con sello de recibido de la Gremial referida.
De acuerdo con Carrillo, los ocursos presentados este viernes 28 buscan que el CANG de trámite, como corresponde en el marco de la ley, a las acciones pendientes y que mientras estas no se resuelvan Néster Vásquez y Claudia Paniagua no puedan ser juramentados por el Congreso de la República, ni tomar posesión como magistrados.
QUÉ DICE LA LEY DE AMPARO?
El Artículo 156 de Ley de Amparo, señala con relación a la Impugnación de las designaciones de Magistrados, que, no es impugnable el procedimiento interno para la designación de los Magistrados por el pleno de la Corte Suprema de Justicia, por el pleno del Congreso de la República y por el Presidente de la República en Consejo de Ministros.
Además, señala que, la designación de Magistrados por el Consejo Superior Universitario de la Universidad de San Carlos de Guatemala y por la Asamblea del Colegio de Abogados de Guatemala podrán ser impugnadas conforme a la ley; pero mientras se resuelven las impugnaciones continuarán actuando los magistrados titulares y suplentes que deben ser sustituidos.
OJ CONTINÚA SIN CONFIRMAR RENUNCIA DE VÁSQUEZ
La ley establece que el aspirante a una magistratura debe dimitir su puesto quince días antes de su juramentación, por ello, se consultó nuevamente a Comunicación Social del Organismo Judicial (OJ) si ya se ha oficializado la renuncia de Vásquez, a lo cual contestaron que «es un tema personal» y se debería realizar la consulta con la Vocalía IX del OJ, pero especificaron que se atendería la línea telefónica hasta el lunes.
Seguidamente, se intentó comunicarse con Silvia Valdés, presidenta del Organismo Judicial para realizar la misma consulta; sin embargo, las llamadas realizadas por la reportera de este vespertino no fueron atendidas.