Son los últimos días para pagar el impuesto de circulación. Foto: Canva.
Son los últimos días para pagar el impuesto de circulación. Foto: Canva.

Restan pocos días del plazo para que venza el plazo para pagar el impuesto de circulación de vehículos. Este termina el 31 de julio.

Este año no se ha prorrogado el periodo para pagar este tributo sin mora, por lo que este fin de semana es un tiempo favorable para efectuarlo sin llegar a las prisas o los olvidos de los días entre semana.

Hasta el jueves 23 de julio, la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT- documentó el pago sobre el 61.69 % de los 6.77 millones de vehículos registrados en el país.

La meta de recaudación este año por este impuesto es de Q1 mil 495.13 millones.

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CÓMO PAGAR EL IMPUESTO DE CIRCULACIÓN

Para consultar el monto a pagar, se puede consultar en el apartado Consulta Vehículos, del portal de la SAT. En este apartado, se colocan las placas del vehículo y el NIT del propietario, datos con los que se mostrará el impuesto por pagar.

En el portal Declaraguate se genera la boleta SAT-4091 llenando los mismos dos apartados.

Luego de corroborar los datos, se obtendrá la boleta SAT-2000, con la cual se puede pagar en un banco, cajeros 5B o agencia virtual del Banco Industrial, Bam, Bantrab, Banrural, G&T, BAC, CHN, Promérica, Citi, Interbanco, Ficohsa, Vivibanco, Nexa, INV, Cuscatlán y Neoservicios.

Posteriormente, se puede acceder nuevamente a la sección de Consulta Vehículos para verificar que aparezca solvente del impuesto.

Luego de la fecha límite, se impone una multa del 100 % sobre el monto del impuesto no pagado.

NO ES NECESARIO PAGAR MULTAS

Es importante subrayar que, este año, a raíz de reformas legales, para pagar el impuesto de circulación no es necesario estar solvente de multas de tránsito.

Esto se debe a las reformas hechas a finales de 2024 a la Ley de Tránsito, bajo el Decreto 33-2024, que en su artículo 18 bis establece que no se puede «impedir, retener o bloquear el acceso físico o la descarga de información de los documentos del vehículo del año vigente como medida coercitiva para el cobro de multas de tránsito».

Por lo tanto, también es posible generar la calcomanía electrónica en la Agencia Virtual luego de pagar el impuesto, aun cuando hay multas de tránsito pendientes de pago.

Daniel Coromac
Cautivado por la comunicación y su poder transformador de las sociedades. Tengo interés por los temas relacionados con la defensa de los derechos humanos, los animales, la política, el medio ambiente y la ciencia.
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