El Ministerio de Salud publica acuerdo 146-2020. Foto La Hora

POR HEDY QUINO
hquino@lahora.com.gt

Este martes entra en vigor la ampliación de 30 días más del estado de Calamidad Pública decretado por la pandemia COVID-19, además, este Decreto 21-2020, obliga al Ministerio de Salud y Asistencia Social aplicar de manera urgente más pruebas para detectar el nuevo coronavirus a las personas en cuarentena que presenten síntomas y a las personas asintomáticas, tras la publicación en el Diario Oficial realizada ayer.

Esta ley también establece que la cartera de Salud también deberá realizar las pruebas COVID-19 a los migrantes deportados, tanto a los que son retornados por vía la aérea así como por la vía terrestre.

El artículo 2 de dicho decreto contempla que Salud está obligado a efectuar la toma de muestra de laboratorio para la detección del virus SARS CoV-2 a todas las personas en situación de cuarentena derivado de la pandemia COVID-19, que tengan o no los síntomas característicos de coronavirus; así como a las personas que han estado expuestas o en contacto con quienes hayan sido declarados caos confirmados; también a todos los connacionales y migrantes que ingresen al país durante el periodo que dure la pandemia, indistintamente su origen de repatriación y lugar de entrada al territorio nacional.

“El muestreo de detección deberá efectuarse en la red integrada de servicios de salud y laboratorios, tanto públicos como privados, estos últimos autorizados por el Ministerio de Salud para el efecto. Asimismo, se deberán implementar laboratorios móviles para facilitar la toma de muestras”, añade el artículo.

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OBLIGACIÓN DE INFORMAR SOBRE PRUEBAS

Otra de las disposiciones, es que el Ministerio de Salud, mientras dura la emergencia sanitaria por el COVID-19, está obligado a actualizar mensualmente los protocolos sanitarios de toma, manejo y envío de muestras de laboratorio de detección del virus SARS CoV-2, así como los protocolos de manejo, tratamiento y rehabilitación de los casos positivos de COVID-19 en sus distintas fases y estadios de la enfermedad.

También debe publicar en su propio sitio web la información de casos registrados territorialmente, número de personas en cuarentena, número de pruebas realizadas, resultados y otros datos que sean importantes del conocimiento de la población.

TAMBIÉN OBLIGA A DISEÑAR UNA ESTRATEGIA SANITARIA

Además, establece que el Ministerio de Salud, como garante de la salud de la población del país y tomando en consideración las recomendaciones del Consejo Nacional de Salud, deberá emitir un acuerdo ministerial en el cual diseñará la estrategia de muestreo masivo de detección del virus SARS CoV-2 y acciones sanitarias que deben tomarse para la desescalada de las medidas de confinamiento y aislamiento obligatorio e indicaciones para regresar a ellas, con el objetivo de retomar a la vida productiva y reactivación de la economía nacional.

“Dicho acuerdo ministerial deberá ser considerado por el Organismo Ejecutivo para las medidas y acciones correspondientes en los estados de calamidad”, indica.

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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