Elección de Cortes: diputados analizan el informe del MP. Foto Congreso

POR HEDY QUINO
hquino@lahora.com.gt

Después de una extensa sesión, esta madruga el pleno del Congreso aprobó de urgencia nacional y con 150 votos a favor el Decreto 13-2020, Ley de Rescate Económico a las Familias por Efectos Causados por el COVID-19, que establece una ampliación presupuestaria de Q11 mil millones, financiados a través de endeudamiento publicó, por medio del Banco de Guatemala (Banguat).

La normativa tiene como objetivo establecer mecanismos para compensar y mitigar la crisis económica ante la presencia de la pandemia del COVID-19 dentro del territorio nacional, contempla tres fondos millonarios para apoyar a la población vulnerable.

El primer fondo es de Q6 mil millones, se denomina Fondo Bono Familia, para otorgar aportes de hasta Q1 mil a la población más afectada económicamente por la crisis. Los recursos serán ejecutados por el Ministerio de Desarrollo Social (Mides).

De los Q6 mil millones, al menos Q600 millones se podrán utilizar para casos especiales, indica la ley, pero no especifica eso casos especiales. “El Ministerio de Desarrollo Social definirá las condiciones y requisitos necesarios para acceder a los beneficios de este Fondo, así como el manejo de los casos especiales que no deberán superar el 10% del total de beneficiarios”, dice.

Además, obliga al Mides a implementar una plataforma tecnológica que permita asegurar el registro y control de los beneficiarios, con el fin de transparentar la entrega del Fondo, para ello, el Ministerio de Finanzas, de Energía y Minas, así como la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) y otras entidades públicas, brindarán el soporte tecnológico para desarrollar dicha plataforma.

PAGO DE PLANILLAS

El segundo fondo es de Q2 mil millones, destinados al Fondo para la Protección del Empleo, el cual será administrado por el Crédito Hipotecario Nacional (CHN) y ejecutado bajo los requerimientos y lineamientos del Ministerio de Economía en coordinación con el Ministerio de Trabajo.

Este fondo tiene como objeto apoyar a los trabajadores del sector privado, quienes fueron suspendidos sus contratos laborales, debido a las medidas tomadas por el gobierno para evitar la propagación del COVID-19. Con ello se le otorgará a cada trabajador un aproximado de Q2 mil 250, sin embargo, no específica por cuánto tiempo y a cuántos beneficiará.

“El Fondo se constituirá con un monto de hasta Q2 mil millones, que podrán ser otorgados a los beneficiarios autorizados por un monto fijo de Q75 diarios por trabajador, el cual se acreditará y entregará tomando en cuenta la disponibilidad de fondos existentes. Dicho beneficio económico queda exento de cualquier tipo de reducción, retención e impuesto”, establece.

CRÉDITOS A EMPRESAS

El último fondo es de Q3 mil millones, destinados al Fondo de Crédito para Capital de Trabajo, este tiene como objeto financiar en forma directa, o través de los mecanismos financieros necesarios capital de trabajo con condiciones blandas para mantener la capacidad productiva.

“El destino final de los recursos será utilizado con exclusividad para el otorgamiento de créditos con condiciones blandas, por un monto máximo Q250 mil, para personas individuales y jurídicas con el fin de financiar capital de trabajo y la continuidad en las operaciones del negocio”, contempla la ley.

“La Junta Directiva del CHN, definirá los requisitos para constituirse como beneficiario, así como los procesos para la gestión de recursos financieros por parte de las instituciones financieras supervisadas y las cooperativas de ahorro y crédito. Se establecerá la plataforma necesaria para transparentar el uso de los presentes recursos”, añade.

En el caso de los dos últimos fondos, si estos no se ejecutan en su totalidad serán devueltos de forma íntegra al Fondo Común, una vez finalice el año.

ENMIENDAS

Los diputados aprobaron una enmienda por adición que reforma el Decreto 12-2020, que excluye a las personas políticamente expuestas del Fondo de protección de capitales y el Fondo para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Mipymes-. 148 votos a favor, informó en su cuenta de Twitter, la diputada Evelyn Morataya del bloque BIEN.

Otra de las enmiendas que se aprobó, fue una que permite a la población en condiciones de pobreza, pagar menos en la facturación de la luz. En un primer intentó esta disposición no fue aprobada.

“Ante la demanda de quienes apoyamos beneficiar al pueblo, se sometió a una segunda votación el subsidio al INDE para que se pague menos energía eléctrica, se logró su aprobación”, dijo en su cuenta de Twitter, el diputado Román Castellanos de Semilla. Ese punto detuvo la sesión por casi una hora.

En total, fueron seis las enmiendas aprobadas, las dos en mención y otra que deja constancia que la ley se aprobó de urgencia nacional. También se aprobó una enmienda que establece que los Q11 mil millones no podrán usarse para un destino diferente al que está en la normativa, bajo ningún motivo o circunstancia.

Una quinta enmienda contempla: priorizar en la entrega del bono de Q1 mil, a las personas en pobreza, madres solteras u hogares monoparentales, adultos mayores, personas con discapacidad, a enfermos crónicos y a las familias con niños en estado de desnutrición, así como la concentración de fuerza laboral por departamento.

La última enmienda indica que, un caso especial para la entrega del bono de Q1 mil, son aquellas personas o familias que no gozan del servicio de energía eléctrica y que por condición socioeconómica deban ser incluidas.

Esta disposición se añadió en siguiente párrafo del artículo 2: “El Ministerio de Desarrollo Social definirá las condiciones y requisitos necesarios para acceder a los beneficios de este Fondo, así como el manejo de los casos especiales que no deberán superar el 10% del total de beneficiarios”.

La sesión estaba programada para las 14 horas, pero arrancó después de las 20 horas y estuvo marcada en un principio por la inconformidad de varios diputados porque no se les permitía hacer uso de la palabra.

ENDEUDAMIENTO INTERNO

La ampliación presupuestaria de los Q11 mil millones se financiarán a través de endeudamiento público interno, por medio del Banco de Guatemala, apegándose a lo que establece el artículo 133 de la Constitución.

“Se autoriza al Banco de Guatemala para adquirir los Bonos del Tesoro que el Organismo Ejecutivo emita por medio de esta ley, hasta por el monto de Q11 mil millones para contrarrestar las consecuencias derivadas de la calamidad pública provocada por la pandemia COVID-19, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución”, dice.

¿QUÉ DICE EL ARTÍCULO 133 DE LA CONSTITUCIÓN?

“Con la finalidad de garantizar la estabilidad monetaria, cambiaria y crediticia del país, la Junta Monetaria no podrá autorizar que el Banco de Guatemala otorgue financiamiento directo o indirecto, garantía o aval al Estado, a sus entidades descentralizadas o autónomas ni a las entidades privadas no bancarias, Con ese mismo fin, el Banco de Guatemala no podrá adquirir los valores que emitan o negocien en el mercado primario dichas entidades. Se exceptúa de estas prohibiciones el financiamiento que pueda concederse en casos de catástrofes o desastres públicos, siempre y cuando el mismo sea aprobado por las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso, a solicitud del Presidente de la República”, dice parte del artículo.

Hedy Quino Tzoc
Periodista profesional, con 12 años de experiencia en medios de comunicación, radio, prensa escrita y digital. Especializada en temas políticos, legislativos y electorales. “En mi vida prevalece Dios, mi familia y la justicia”.
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