POR HEDY QUINO
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El Congreso aprobó con 115 votos a favor el Decreto 8-2020, el cual ratifica el Estado de Calamidad Pública por 30 días en todo el territorio nacional, que decretó el Ejecutivo para activar medidas de prevención por el coronavirus Covid-2019. Además, con dicha aprobación se creó un fondo de emergencia de Q230 millones.
Durante la plenaria, los diputados de VAMOS, UNE, Unionista y VIVA, presentaron una enmienda, para que se incluyera un artículo nuevo al decreto que ratifica el Estado de Calamidad, el cual establece que parte del Presupuesto de la Nación sean destinados más de Q200 millones a gastos por el coronavirus.
“Dentro de las obligaciones del Estado a cargo del Tesoro, se asignan Q230, 000,000 como una previsión para conformar el fondo emergente, que permite mitigar los daños que pueden ocasionar los fenómenos naturales que afecten al país y que a su vez permita atender programas y proyectos relacionados con la atención, tratamiento y control del coronavirus COVID-19, cuya ejecución deberá registrarse al momento de declararse los casos previstos en el Decreto Número 7 de la Asamblea Nacional Constituyente, Ley de Orden Público”, dice el artículo.
El oficialismo presentó una enmienda, que fue aprobada, al estado de Calamidad Pública, el cual establece asignar Q230 millones para un fondo de emergencia por el nuevo coronavirus. pic.twitter.com/IlLyJTTkmT
— Diario La Hora (@lahoragt) March 12, 2020
OTRAS MEDIDAS
De acuerdo con el decreto de Estado de Calamidad, todas las compras que se realicen por este caso deberán regirse a la Ley de Contrataciones del Estado, así como registrar las adquisiciones en el sistema Guatecompras y en el Sistema de Contabilidad Integrada (SICOIN). Además, se prohíbe hacer contrataciones por medio de organizaciones no gubernamentales.
Otras de las disposiciones que establece el decreto, es que las entidades que gasten deberán presentar un informe al Congreso y a la Contraloría General de Cuentas. Asimismo, informar de las medidas que se tomaron de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Orden Público.
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