Por Eder Juárez
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El Ministerio de Gobernación por medio de un comunicado informó sobre las excepciones para la libre locomoción durante el toque de queda. La explicación fue emitida esta tarde.
Según la información oficial, están autorizados para transitar quienes laboran en Call Center de servicios médicos y servicios alimenticios; los vehículos del personal de salud, de la red y centros de distribución a farmacias, también, quienes entreguen a domicilio medicamentos, alimentos y los buses que transportan persona que laboran en estas ramas económicas en la iniciativa privada y pública.
A quienes tienen permitido circular se les pide sin excepción, portar carné que los acredite o el uniforme que los identifique como colaboradores de servicios médicos o de alimentos.
De acuerdo con el comunicado, se tendrán consideraciones con personas que tienen citas médicas debidamente registradas en su carné correspondiente.
En segundo día de Toque de Queda, el @mingobguate aclara algunas dudas sobre quiénes tienen permitido circular en la vía pública. pic.twitter.com/YSrAOJ4u7g
— Diario La Hora (@lahoragt) March 23, 2020
“Estas pueden trasladarse de su domicilio a los centros médicos a realizarse sus tratamientos, siempre y cuando, la fecha esté indicada en el carné o documento de respaldo que deberá ser prestado a las autoridades que lo requieran”.
Además, se tomarán las consideraciones a los vehículos, conductores y personal que brinde servicios funerarios, debiendo presentar el acta de defunción del Instituto Nacional de Ciencias Forenses o un documento que los respalde.