En la foto Virginia Laparra. Foto: La Hora/Archivo

El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (MESECVI) expresó su “profunda preocupación” frente a la situación legal de Virginia Laparra, exjefa de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI) de Quetzaltenango, tras ser condenada por denunciar a un exjuez en varias ocasiones.

Laparra fue condenada a cuatro años de prisión conmutables por el delito de abuso de autoridad en forma continuada a finales del año pasado. Esto por denunciar en varias ocasiones a Lesther Castellanos, actual relator contra la Tortura en Guatemala, por presuntamente haber brindado información a terceras personas sobre un caso que estaba bajo reserva.

 

SEÑALAN VULNERACIÓN DE GARANTÍAS

En un informe de la MESECVI se identifica que las garantías legales de la exfuncionaria anticorrupción habrían sido vulneradas durante el proceso penal que se desarrolló en su contra, lo cual organizaciones nacionales e internacionales también señalaron.

“Las condiciones precarias de su detención afectan gravemente su salud, integridad física y psicológica”, se lee en el documento.

También se indica que “estos hechos suponen una grave violación a sus derechos y además comprometen la responsabilidad del Estado guatemalteco en virtud de la Convención de Belém do Pará”.

Según las denuncias que recibió dicho Comité, el trabajo de Laparra, como parte de la FECI, “sería la causa principal de las acusaciones en su contra, lo cual estaría en contravención con los principios de imparcialidad y transparencia, así como debido proceso”, indicó.

Asimismo, expresaron que “se habrían producido manifestaciones directas en contra de la exfiscal que podrían suponer actos de violencia contra ella por el hecho de ser mujer, así como actos de violencia y discriminación contra sus abogadas defensoras”.

VULNERAR DERECHOS DE LA MUJER ES CONTRAVENIR DD. HH.

De esa cuenta, se recordó al Estado de Guatemala que lo anterior está prohibido por el reconocimiento internacional del derecho a defender derechos en la Convención de Belém do Pará.

 

El Comité recordó que, a partir del artículo 7 de la Convención de Belém do Pará, los Estados Parte “condenan todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia”.

Asímismo, se señaló la obligación de actuar con debida diligencia para prevenir, sancionar y erradicar toda manifestación de violencia contra las mujeres que tenga como objeto menoscabar o anular el ejercicio de todos sus derechos”.

Diego España
Escribo sobre política, justicia y sectores vulnerables. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos.
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