En la fotografía el exjuez, Mynor Moto. Foto: La Hora/Archivo

La audiencia en la cual se determinó anular la orden de captura que fue girada en contra del exjuez Mynor Moto por el caso Comisiones Paralelas 2020 fue avalada por la Corte de Constitucionalidad (CC). Así consta en una resolución emitida por la referida instancia con fecha del 19 de diciembre de 2022.

El Ministerio Público (MP) accionó de manera legal para evitar que se confirmara el desarrollo de la referida diligencia judicial, en la cual también se estableció que el caso debía ser trasladado desde el Juzgado de Mayor Riesgo D al Décimo Penal.

De esa cuenta, en una misma audiencia se dictaron dos situaciones que beneficiaron a Moto, y una de estas alcanza a todos los sospechosos en el referido caso.

 

El FALLO DE LA CC

Según la resolución que emitió la CC, la Fiscalía impugnó una audiencia que se desarrolló el 7 de julio de 2022 ante el juez décimo penal B, Jimi Rodolfo Bremer Ramírez.

Por solicitud de Moto, sus abogados pidieron que se declarara la inhibitoria del Juzgado de Mayor Riesgo D en el caso, y que el expediente fuera trasladado al Juzgado Décimo, es decir a uno de orden común. En la misma se pidió la anulación de la orden de captura que fue emitida en contra del exjuez.

La Fiscalía señaló que no había recibido una copia de la petición de Moto, que este tenía una orden de captura vigente y que se encontraba prófugo, y que la Procuraduría General de la Nación (PGN) no estaba en la diligencia.

Esos tres aspectos fueron conocidos tanto por Bremer Ramírez, por la Sala Cuarta de Apelaciones del Ramo Penal y por la CC, y cada una de las instancias rechazó lo manifestado por el MP.

ACCIONES LEGALES

En el Juzgado Décimo, la Fiscalía interpuso una actividad procesal defectuosa, con la cual señaló que se estaba cometiendo un error en el procedimiento al desarrollar la diligencia del 7 de julio del año pasado, tomando en cuenta los tres aspectos que se habían señalado.

Bremer Ramírez negó que estuviera cometiendo un error y continuó con la diligencia.

 

La segunda acción de la Fiscalía fue ante la Sala Cuarta de Apelaciones del Ramo Penal, en donde se pidió un amparo provisional, el cual fue denegado.

Ante eso, el órgano encargado de la persecución penal actuó ante la CC con una apelación al fallo de la Sala, la cual también fue rechazada.

Diego España
Escribo sobre política, justicia y sectores vulnerables. Comprometido con la memoria histórica y en informar verazmente. Considero que las disidencias nos hacen ver y cuestionar la realidad haciéndonos más humanos.
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