Imagen de archivo de la fiscal general, Consuelo Porras. El MP informó este domingo sobre el estado de algunas investigaciones relacionadas a la pandemia del COVID-19. Foto: La Hora/Archivo.

Por Denis Aguilar
daguilar@lahora.com.gt

La fiscal general, María Consuelo Porras, se refirió hoy a la resolución que emitió en el año 2017 beneficiando a Alejandro Maldonado Aguirre, en ese entonces siendo magistrada suplente de la Corte de Constitucionalidad, en comparación a los antejuicios presentados por el Ministerio Público contra algunos de los actuales magistrados de ese tribunal, asegurando que ahora las circunstancias son “totalmente diferentes”.

Según Porras, la resolución emitida por el caso de Maldonado Aguirre, quien en su momento fue magistrado de la Corte de Constitucionalidad (CC), “fue muy elemental por cuanto que se hizo uso de una jurisprudencia constitucional”.

En ese año, los magistrados de la CC, entre ellos Consuelo Porras, resolvieron que Maldonado Aguirre no podía ser enjuiciado por la sentencia dictada con el expediente 3920-2017, en la que se mantenía el rechazo a las diligencias de antejuicio planteadas por el Centro de Acción Legal en Derechos Humanos, CALDH, por la resolución en la que suspendió la sentencia contra el general Efraín Ríos Montt por el delito de genocidio.

¿CUÁL ES LA SITUACIÓN AHORA, SEGÚN PORRAS?

“En el caso de los planteamientos de los antejuicios en contra de algunos magistrados de la Corte de Constitucionalidad, con precisión tenemos que establecer que no es necesariamente por este tipo de situaciones sino que las denuncias penales que se recibieron en el Ministerio Público claramente establecen circunstancias totalmente diferentes”, dijo Porras.

Porras continúo argumentando que al tratarse de denuncias presentadas contra los togados de la CC, se debe establecer que es lo que están requiriendo los denunciantes.

La jefa del MP recordó varias de las situaciones que han manifestado los denunciantes, por ejemplo, dijo que algunos magistrados de la CC han emitido supuestas resoluciones ilegales por autoprotegerse, haciendo referencia a la mandataria legal del Congreso de la República.

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“El Ministerio Público no puede hacer ninguna investigación en contra de funcionarios que gozan del derecho de antejuicio, porque es una facultad, un derecho que tiene ellos de no poder ser perseguidos legalmente”, dijo.

En tal sentido, Porras añadió que están a la espera de realizar una investigación, siempre y cuando a los magistrados queden sin inmunidad, por lo que aseguró que ninguno de los casos “está prejuzgado”.

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Porras destacó que con lo anteriormente manifestado, se determinará si estas denuncias proceden o si se desestiman y que ahora lo más importante es que garantiza que el Ministerio Pública trabaja bajo los “principios de objetividad, legalidad y transparencia” y que si hay motivos se irá a juicio, de lo contrario se desestimará.

Cabe resaltar que un amparo de la misma Fiscal General, el cual fue dado con lugar, derivó en las situación que provocaron que la Fiscalía contra Delitos Administrativos planteara una solicitud de antejuicio contra magistrados de la CC.

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