El portavoz del Departamento de Estado de los Estados Unidos, Matthew Miller. Foto La Hora / cuenta de X - Matthew Miller

Luego de que se conociera la sanción contra Miguel Martínez, extitular del Centro de Gobierno, y pareja sentimental del presidente de la República, bajo la Ley Magnitsky, el portavoz del Departamento de Estado de los Estados Unidos, en su cuenta X, Matthew Miller, afirmó que su inclusión se debe a que incurrió en corrupción en su intento por socavar una transición democrática que pretende alterar la voluntad del pueblo.

Miller agregó que el actuar de Martínez ha tratado de evitar una transición democrática que permita el cambio del poder al presidente electo Bernardo Arévalo, y vicepresidenta electa, Karin Herrera, postulados por el partido político Movimiento Semilla.

El Portavoz del Departamento de Estado, considera que las sanciones contra actores corruptos son una herramienta importante para promover la rendición de cuentas.

 

ANUNCIARON SANCIÓN

Como consecuencia de los sucedido en el Congreso de la República el pasado jueves 30 de noviembre con el retiro de inmunidad a cuatro de los cincos magistrados titulares del Tribunal Supremo Electoral (TSE), La Hora publicó que un funcionario de Estados Unidos había adelantado la posible sanción contra Miguel Martínez si la situación se concretaba.

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Un día después, tal como La Hora lo había anunciado la Oficina de Control de bienes en el Extranjero (OFAC) confirmó la sanción emitida contra Martínez por la compra de las vacunas rusas contra el COVID-19, Sputnik-V, entre otros temas.

En la nota publicada se detalla lo expresado por el Subsecretario del Tesoro, Brian E. Nelson quien afirmó que «Martínez buscó aprovechar su posición privilegiada para beneficio personal a expensas del pueblo guatemalteco».

Respecto a la cuestionada compra de los biológicos rusos, la nota precisa que en 2021 «Martínez solicitó grandes sobornos para facilitar la compra de las vacunas rusas Sputnik-V por parte del Gobierno de Guatemala».

En cuanto a su posición, añade que la sanción al exfuncionario obedece a que es un «funcionario gubernamental actual o anterior, o una persona que actúa para o en nombre de dicho funcionario, que es responsable o cómplice, o que ha participado directa o indirectamente en corrupción, incluida la apropiación indebida de activos estatales, la expropiación de activos privados para beneficio personal, la corrupción relacionada con contratos gubernamentales o la extracción de recursos naturales, o el soborno».

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Cristobal Véliz
Periodista de vocación. Amante de las leyes y del Estado de derecho. Experiencia de más de 10 años en la cobertura de los procesos de postulación y nombramientos de funcionarios públicos.
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