Por Cristian Velix
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Los magistrados de la Sala Segunda de Mayor Riesgo resolvieron mantener el embargo sobre cinco empresas que según el Ministerio Público (MP) están vinculadas con el expresidenciable del partido Lider, Manuel Baldizón, por lo que rechazaron una apelación de los abogados de los representantes de las entidades para revocar dicha situación.
De esa manera, los togados Edwin Ruano, Harold Ortiz y Santos Sajbochol declararon sin lugar el recurso legal planteado en contra de la decisión del Juzgado de Extinción de Dominio que impuso las medidas precautorias a las entidades, por presuntamente estar relacionadas con actividades ilícitas.
Los abogados Julio Jerónimo y Mynor Cermeño alegaban que, respecto a esa decisión que embargó las empresas, hubo una indebida aplicación de varios artículos de la Ley de Extinción de Dominio, además de que se inobservó una norma de ese cuerpo legal.
En esa medida, los profesionales manifestaron que la imposición de las medidas era un apartado de hechos generales y que no se particularizaba en la resolución por cada una de las empresas, además de que no se vinculaba con un ilícito en concreto.
Según Jerónimo y Cermeño, la jueza Rosa María Yumán López, quien decretó la inmovilización, no podía generalizar su resolución, ya que los bienes eran distintos y que en su decisión toma de referencia, para todas las demás, lo relativo para Circuito Norte S.A.
A pesar de la petición de los abogados, los magistrados no acogieron lo pedido para esta última empresa, ni tampoco para lo relacionado con Proyectos del Orbe, Servicios para Turismo S.A., J. B. Exirium S.A. y Meridian S.A.
En ese contexto impide que tales empresas puedan cambiar de dueño y podrían pasar a manos del Estado en el supuesto de que el ente encargado de la persecución penal pueda establecer que fueron utilizadas para actividades delictivas.
LA RESOLUCIÓN
Para sostener su resolución, los integrantes de la Sala Segunda de Mayor Riesgo explicaron que no hay vulneración de derechos en el fallo de Yuman López, como tampoco se puede establecer que haya habido una indebida aplicación de la ley.
Así también los togados argumentaron que la juzgadora fundamentó su decisión, asimismo, que la extinción de dominio se trata sobre la licitud de los bienes y no sobre las personas, además de que esta es distinta e independiente de la persecución penal.
Entre los señalamientos que el MP tiene para las empresas sobre las que se mantendrá la inmovilización, se encuentra que Circuito Norte S.A. fue utilizada para la elaboración de bolsas de víveres para la campaña electoral de Baldizón.
Mientras que Servicios para Turismo, aparentemente está vinculada con Diego Chacón Yurrita, acusado en el Caso Odebrecht, y que posiblemente fue utilizada para flujos de acciones y transferencias de orden ilícito.
En tanto que a Proyectos del Orbe se le atribuye que el inmueble fue utilizado como casa de campaña del partido Libertad Democrática (Lider) y que fue esta entidad la que compró la empresa Meridian S.A. por debajo del precio que registraba en el 2017.