
Con la entrada en vigor de la gasolina regular con 10% de etanol (E10) en Guatemala, muchos conductores podrían pensar que la factura mostrará un nombre distinto para el combustible. Sin embargo, eso no ocurrirá.
Quienes compren gasolina regular seguirán viendo ese mismo nombre en su factura. La diferencia aparece al final del documento, donde se incorpora la leyenda: «El 90% de la mezcla de gasolina incluida en este documento está afecta al Impuesto a la Distribución de Petróleo (IDP).»
En otras palabras, el consumidor no encontrará una denominación como «gasolina con etanol», ya que el producto continúa identificado comercialmente como gasolina regular.
Según explicó el sector comercializador, la factura se emite con base en la documentación del proveedor y luego es certificada mediante el sistema de Factura Electrónica en Línea (FEL), por lo que el nombre del combustible no cambia.
La leyenda responde a la composición del E10: la mezcla contiene 90% de gasolina y 10% de etanol. Por ello, el IDP se aplica únicamente a la porción de gasolina, mientras que el etanol no está sujeto a ese impuesto porque tiene un tratamiento tributario distinto como combustible.

DIFERENTE AL SUBSIDIO
Cuándo entró en vigencia el subsidio temporal a los combustibles, los consumidores vieron algunos cambios en la inscripción de sus facturas.
En ese plazo, que duró del 1 de mayo al 2 de julio, la factura tenía la leyenda: “Esta factura incluye apoyo social temporal decreto número 11-2026…”, lo cual indicaba que el subsidio fue aplicado en la compra.
Además de la leyenda, la factura detalla refería el valor del subsidio otorgado, lo que permitía identificar el ahorro real.
o clave es la comparación del precio. Algunas facturas muestran el monto sin subsidio, lo que permite identificar el ahorro real.







