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Usuarios del Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE) manifestaron anomalías en los procedimientos de tramitación para habilitar a personas individuales o jurídicas como contratistas del Estado. Ante ello, el Ministerio de Finanzas (Minfin) rechazó las aseveraciones, y afirmó que sus actuaciones son apegadas a la ley.

Denuncias de afectados que llegaron a esta Redacción, señalan que la entidad pública resuelve las solicitudes de inscripción a discreción, con lo cual llegan a ser contratistas del Estado solo aquellos que el RGAE beneficia.

“Ese RGAE nos está haciendo pedazos… Solo los que logran estar adentro pueden participar y se ha convertido en un monopolio. Y si escucharas las historias de terror por lo que tienen que pasar los proveedores tratando de ingresar papelería o renovar en finanzas”, dijeron los usuarios del referido sistema.

 

MINFIN RECHAZA SEÑALAMIENTOS 

Derivado de esos señalamientos, La Hora preguntó a Finanzas las razones por las que se tardan en resolver solicitudes o trámites de los usuarios, a lo que respondió:

“El RGAE actúa a solicitud del usuario y de conformidad con el Artículo 17 del Acuerdo Gubernativo 170-2018, Reglamento del Registro General de Adquisiciones del Estado, al cual establece un plazo de 30 días hábiles para resolver las solicitudes de Inscripción y/o Precalificación y 15 días hábiles para las demás operaciones registrales”.

“Es por lo anterior, que como primer paso y por medio del Sistema RGAE, se notifica al usuario las observaciones identificadas durante el análisis y verificación de la información recibida, como siguiente paso, el usuario tendrá un plazo de 30 días hábiles a partir de la notificación, para cumplir y presentar los requisitos omitidos, los cuales serán verificados nuevamente por el RGAE en los plazos ya establecidos».

“Es importante resaltar que durante el período de enero a octubre del presente año, se han atendido un total de 122 mil 711 solicitudes de operaciones registrales, de las cuales un 81% de las mismas se resolvieron al término de 10 días hábiles, minimizando los tiempos establecidos en el Reglamento”.

Asimismo, Finanzas comunicó que el Registrador General de Adquisiciones del Estado es Hugo Mauricio Medina González.

OTRAS INTERROGANTES SOBRE LA RGAE 

Además, esta Redacción consultó a la cartera de Finanzas sobre su postura ante los señalamientos de posible corrupción a lo interno del RGAE, a lo que contestó:

“Con el objetivo de ser transparentes y concientizar a nuestros colaboradores, en el RGAE se realizan las funciones en apego y observancia al Código de Ética, el cual ayuda a comprender los principios morales y profesionales para el ejercicio digno de nuestras actividades”.

“Adicionalmente, para prevenir riesgos de soborno y corrupción, los procesos de Inscripción y Precalificación se encuentran certificados en el Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001:2015 y el Sistema de Gestión Antisoborno ISO 37001:2016”.

“Por último, la plataforma electrónica del RGAE se encuentra parametrizada para operar las solicitudes a través del método -PEPS- (Primeros en entrar, primeros en salir) y asignar las solicitudes de forma aleatoria”.

Por último, La Hora cuestionó a Finanzas sobre el porcentaje de contratistas que presentan información inexacta o hasta falsa.

“Un 68% de las operaciones registrales son presentadas con documentación o información que incumple con los requisitos establecidos en el Acuerdo Ministerial 563-2018 del Ministerio de Finanzas Públicas, Requisitos y Metodología de Inscripción y Precalificación ante el Registro General de Adquisiciones del Estado”, explicó.

 

SOBRE EL RGAE

El artículo 71 de la Ley de Contrataciones del Estado se refiere a las funciones del RGAE.

El RGAE tiene por objeto registrar a las personas individuales o jurídicas, nacionales o extranjeras, para poder ser habilitadas como contratistas o proveedores del Estado, en las modalidades de adquisición pública establecidas en esta Ley.

«El Registro verificará la capacidad financiera y técnica, así como la experiencia y especialidad necesarias para ser contratista o proveedor del Estado y relacionadas con los negocios con el Estado de que se trate. Cuenta con personal interdisciplinario y los recursos necesarios para poder cumplir con objetividad y calidad de sus fines», dice la ley.

“El Registro es el responsable del control, actualización, vigencia, seguridad, certeza y publicidad de la información y derechos de las personas inscritas. El Registro es electrónico y utilizará medios tecnológicos actualizados para asegurar el cumplimiento de lo establecido en la Ley de Acceso a la Información Pública, Decreto Número 57-2008 del Congreso de la República”, agrega el referido artículo.

De acuerdo con la ley, «el Registro General de Adquisiciones del Estado, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, está facultado para celebrar contratos y convenios de cooperación técnica y financiera, los que serán públicos”, indica la ley.

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