Pago de impuestos
Se aprobaron cambios en el régimen del pequeño contribuyente. Foto La Hora: Michal Jarmoluk en Pixabay

El régimen tributario del Pequeño Contribuyente fue beneficiado con el incremento de su techo anual con una reforma que se aplicó a la Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) recientemente.

El decreto 31-2024 Ley Marco para la Integración del Sector Productivo Primario y Agropecuario resaltó por la incorporación de un nuevo régimen tributario para dos segmentos: para el sector productivo primario que se refiere a la producción y comercialización de productos agrícolas y de artesanías producidos en el país, y el segmento pecuario dirigido a la producción y comercialización de productos del sector pecuario, hidrológico y apícola.

Sin embargo, también hubo reformas para el régimen del Pequeño Contribuyente. Actualmente, el artículo 45 de la Ley de IVA estipula que “las personas individuales o jurídicas cuyo monto de venta de bienes o prestación de servicios no exceda de Q.150 mil en un año calendario, podrán solicitar su inscripción al Régimen de Pequeño Contribuyente”.

De superar el monto descrito, el contribuyente deberá migrar al Régimen General del IVA.

Pequeño contribuyente
Artículo 45 de la ley de IVA. Foto La Hora: captura de pantalla.

No obstante, con la reforma el Pequeño Contribuyente podrá mantenerse en ese régimen mientras no supere la suma de ciento veinticinco (125) salarios mínimo mensual vigente para el sector no agrícola, sin incluir la bonificación incentivo durante el año calendario.

El salario mensual nominal no agrícola vigente es de Q3,384.60, multiplicado por 125 da como resultado Q423 mil 075. Es decir, que el Pequeño Contribuyente podrá mantenerse en ese régimen cuyo monto de venta de bienes o servicios no exceda alrededor de los Q425 mil.

Considerando que se amplía el techo a tributar, existe la posibilidad de que haya migración de los contribuyentes que se encuentran en el régimen general, los cuales reportan ventas dentro del monto aprobado para Pequeño Contribuyente, La Hora consultó una opinión a la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).

Decreto 31-2024
Artículo 17 del decreto 31-2024. Foto La Hora: captura de pantalla

EN OBSERVACIÓN

El Intendente de Recaudación de la SAT, Erick Echeverría, explica que se podría ver una migración de contribuyentes que están en el régimen general al régimen del pequeño contribuyente.

 “Pudiera darse un efecto negativo en cuanto a términos de recaudación, no obstante, en ese caso puntual habría que ver cómo los agentes económicos reaccionan respecto a los incentivos. Por ejemplo: hemos visto que algunos segmentos del régimen general del IVA tienen o presentan una tasa efectiva por debajo del 5%, estando en el régimen general”, indicó.

Asimismo, expresó que como ente recaudador estarán “atentos a cómo podría ir reaccionando este tipo de contribuyentes, que en el pequeño contribuyente estarían pagando una tasa efectiva más alta”.

Por ello, reiteró que “nominalmente se esperaría un efecto negativo”, pero conforme avance esta implementación habría que ver cómo responden al incentivo, destacó.

Por otro lado, Echeverría refiere que hay algunos pequeños contribuyentes que, al acercarse al techo, dejan de facturar.

“Eso se debe a que el techo de los Q150 mil, podríamos decir que tenía mucho tiempo y la dinámica económica, de alguna u otra manera, fue demandando un cambio de esa línea en un incremento en el techo”, subrayó.

De momento, se está a la espera que el decreto 31-2024 sea sancionado por el presidente Bernardo Arévalo, sea publicado en el Diario de Centro América para que se fije la fecha en que pueda cobrar vigencia.

Heidi Loarca
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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