Tras las reformas en la facturación emitida como Consumidor Final (CF) por medio del Acuerdo Gubernativo 245-2022, el Superintendente de Administración Tributaria (SAT), Marco Livio Díaz Reyes, explicó qué documentación deberán presentar los extranjeros en caso de realizar ventas.
Díaz Reyes expuso que según la normativa que entrará en vigencia el próximo 15 de enero de 2023, en montos de 0 a Q2 mil 500 las compañías podrán seguir facturando con CF, así como el Número de Identificación Tributaria (NIT), el Código Único de Identificación (CUI).
Agregó que en el caso de empresas fuera del país podrán usar el número de Identificación Extranjera al igual que el CF.
El año pasado, casi 1 de cada 3 facturas emitidas como CF era por montos superiores a Q25 mil. Aquí más detalles 👇 #LHEconomía https://t.co/sqfgeq0aJn
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Añadió que en el caso de montos a partir de Q2 mil 500 no se podrá utilizar CF, por lo que las empresas guatemaltecas tendrán que utilizar el NIT o CUI.
“(…) O con el NIT del extranjero que tienen las empresas constituidas en el extranjero”, argumentó.
Expuso que el caso de servicios básicos, a partir de los Q500 las empresas no podrá utilizar el CF, por lo que se deberá utilizar tanto el CUI, NIT, así como en el caso de las empresas extranjeras un NIT extranjero.
EXTRANJEROS PODRÁN UTILIZAR PASAPORTE PARA FACTURACIÓN
Asimismo, Díaz Reyes fue cuestionado debido a que la publicación del referido acuerdo no establece si los pasaportes estarán incluidos para el uso de las empresas extranjeras, debido a que este tipo de empresas no cuentan con NIT que establece el CUI o un registro tributario.
Indicó que es una “competencia desleal” a las empresas guatemaltecas que sí pagan impuestos. Infórmate aquí 👇 #LHEconomía https://t.co/sHR3ynmcws
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Por lo anterior, el Superintendente especificó que la normativa contempla el uso del pasaporte como una alternativa para los extranjeros.
De igual forma, usuarios preguntaron al Superintendente si en el caso de la facturación de exportación se podrá seguir emitiendo como Consumidor Final.
Bajo esta misma línea, mencionó que será emitido con el NIT de la empresa extranjera. “Ya no se va a permitir el número de Consumidor Final en las exportaciones tampoco”, recalcó.