Es elemental entender que la Constitución Política de cualquier país es la ley de mayor jerarquía. Foto La Hora.

 

Es elemental entender que la Constitución Política de cualquier país es la ley de mayor jerarquía y que nada, en ninguna circunstancia, puede menoscabar o cambiar lo que en ella está plasmado porque esa norma rige a todo el Estado y sus leyes, recogiendo los derechos fundamentales de la población. En estos días, cuando a petición del Ministerio Público se han iniciado investigaciones contra comunicadores sociales por haber criticado el proceder de autoridades judiciales o se da cabida a acciones hasta de femicidio por criticar a empleados públicos, es bueno recordar el texto de nuestra Carta Magna.

Sobre la materia de manera expresa la Constitución dice que: “No constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos”. La absoluta claridad del precepto no hace excepción de ninguna especie y, por lo tanto, los fiscales, jueces o funcionarios están sometidos a ese precepto y pueden ser objeto de denuncias, críticas o imputaciones, siempre y cuando las mismas sean por acciones en el desempeño de su función pública.

Tristemente hemos visto el deterioro del Estado de Derecho que no solo asegura la impunidad, sino también busca ampliar las facultades para perseguir a quienes puedan hacer publicaciones que molestan tanto a funcionarios del Ejecutivo como a quienes tienen la obligación legal de aplicar la justicia conforme a derecho. En ninguna parte del texto constitucional se deja afuera de esa posibilidad de escrutinio y crítica a alguien porque es juez, fiscal o mujer, puesto que ellos son, básicamente, esos funcionarios públicos de los que habla tajantemente la ley.

Es evidente que el país está en una seria encrucijada porque ya no es el riesgo de que nos podamos convertir en Nicaragua sino que estamos, en la práctica, viviendo ya las consecuencias de la ruptura del Estado de Derecho y del mismo orden constitucional. Si ni siquiera la clara y precisa letra de la norma suprema se puede aplicar correctamente, ¿qué esperamos de cualquiera otra tarea que demande la interpretación de la ley?

La garantía de la libre expresión es un derecho humano inalienable, como lo es también el derecho del pueblo a estar informado y, como dice la misma Constitución en ese artículo, tales derechos no podrán ser restringidos por ninguna ley o disposición gubernamental. Si la prensa hace señalamientos falsos e incorrectos, está regulado el procedimiento para hacerlo ver y forzar a una rectificación, pero la persecución penal no es el camino para silenciar cualquier crítica o denuncia sobre abusos judiciales.

Redacción La Hora

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