Los diputados se unieron para modificar la Ley del Impuesto Único Sobre Inmuebles (IUSI), en la cual eliminan del pago de ese tributo a las residencias, que hasta este año era, para la mayoría, de 9 por millar.
No obstante, ante los cuestionamientos de varios legisladores y el llamado a aprobar una reforma responsablemente, un grupo de legisladores presentó, a último momento, un fondo de revisión para ordenar el pago de inmuebles de uso comercial.
El diputado Julio Héctor Estrada cuestionó que la desaparición del IUSI para viviendas afectaría a que otros inmuebles que pagan menos de ese tributo ahora tendrán que pagar el 9 por millar.
Razón por la que sus colegas promovieron un ajuste de último momento cuando se aprobaba el Decreto 18-2026, donde se ordenó el pago del IUSI para inmuebles de uso comercial, entre ellos bodegas. Ahora ese tipo de propiedad tributará dependiendo del valor inscrito:
Valor inscrito Impuesto
- De Q0 a Q500 mil 3 por millar
- De Q500 mil 1 centavo a Q1 millón 6 por millar
- De Q1 millón 1 centavo en adelante 9 por millar
Ante la reducción de ingresos a las municipalidades, los diputados aprobaron la enmienda de compensación, que las comunas reciban los ingresos de los timbres fiscales de la segunda y subsiguientes ventas, permutas u otras transferencias de bienes inmuebles.
Para eso, el Ministerio de Finanzas Públicas con la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT) realizarán ajustes al presupuesto de ingresos por rubro y auxiliar que corresponda, y demás medios de control y administración del Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos, para la transparencia en la recaudación y sus destinos específicos.
Además, los legisladores incluyeron un artículo que prohíbe el condicionamiento de las municipalidades para la prestación de servicios públicos, como las empresas municipales y los entes descentralizados o desconcentrados. Entre los servicios públicos que deben proporcionarse sin limitaciones están agua potable, recolección de basura, alumbrado público, ornato u otros servicios básicos, previo al pago del IUSI.
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OTRAS EXONERACIONES Y LLAMADO A LOS ALCALDES
Las reformas a la Ley del IUSI generaron un debate por más de tres horas en el Pleno, ya que algunos legisladores señalaron que los alcaldes no atendían las necesidades de sus municipios, mientras que otros insistieron en ser responsables en hacer ese cambio, por tratarse de una reducción de los ingresos en las finanzas de las municipalidades.
Otra de las enmiendas aprobadas fue un artículo nuevo donde se permite que las ganancias de capital derivadas de la enajenación onerosa de bienes inmuebles ubicados en el país.
«Esta exención no aplica a las personas jurídicas, los fideicomisos, las sucesiones indivisas que tributen como contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta (ISR), ni a cualquier otro ente con o sin personalidad jurídica que tribute como contribuyente del ISR. Tampoco aplica a las personas individuales que tengan inscritas en el Registro Tributario Unificado (RTU) actividades económicas relativas a compraventa, lotificación, urbanización, fraccionamiento, construcción para la venta, desarrollo, intermediación o comercialización inmobiliaria. Las ganancias de capital obtenidas por los sujetos no comprendidos en esta exención se rigen por las reglas generales del ISR aplicables a las rentas de capital o a las rentas de actividades lucrativas, según corresponda», se establece en dicho artículo.
Asimismo, se modifica el régimen del IUSI, que entrará en vigencia 90 días después de la publicación en el Diario Oficial, periodo en el que la SAT, el Ministerio de Finanzas y la Dirección General de Catastro y Avalúo de Bienes Inmuebles adecuarán sus registros, formularios, medios electrónicos y sistemas.
El cambio para el pago de los impuestos mencionados se resalta que será para el periodo fiscal siguiente al de la publicación oficial.
El presidente del Congreso, Luis Contreras, señaló que los cambios al IUSI son significativos, por lo que se dejará de pagar un «impuesto duro».
«Ojalá la ley haya quedado lo mejor que se pueda. Hicimos un fondo de revisión para corregir algunos errores que pudieron haber quedado de tanta enmienda que tuvimos que trabajar», resaltó Contreras al finalizar la plenaria extraordinaria este 29 de julio.
También el titular del Legislativo se refirió al pronunciamiento de la Asociación Nacional de las Municipalidades de la República de Guatemala (Anam) que cuestionó dicha reforma e indicó que se dejó la recaudación de los timbres fiscales a las municipalidades, pues se desconoce el monto de recolección de esos impuestos y hay que esperar que el Gobierno pase del «shock» de que las comunas no tengan el IUSI.
«Vamos a encontrar algo para compensar a las municipalidades para que puedan seguirse desarrollando. La Anam tiene la facilidad de llegar con nosotros aquí, el presidente de la Anam es conocido nuestro, y me imagino que tiene el derecho de venir con nosotros y proponernos algo que les puede ayudar a sufragar este impuesto que no van a percibir, creo que estamos abiertos a cualquier diálogo», puntualizó Contreras.
Con la reforma al IUSI, esto es lo que pagaría por su vivienda o comercio







