El Tribunal de Mayor Riesgo A condenó a Judith Celina Vargas Monroy, cuñada del excandidato presidencial Manuel Baldizón, acusada dentro del caso Odebrecht, pero no por los delitos que el Ministerio Público (MP) solicitó, sino que realizó las modificaciones que consideró pertinentes.
Según explicó el juez Walter Mazariegos, quien por esta ocasión presidió el tribunal, por unanimidad, los juzgadores concluyeron que, ante los hechos presentados y las pruebas discutidas durante el debate oral y público, el actuar de Vargas no encuadraba en los delitos de hurto agravado y falsedad ideológica, sino que ambas acciones se convertían únicamente en el delito de asociación ilícita.
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Tras modificar el delito, el tribunal explicó que esta habría realizado acciones en conjunto con otras personas que fueron las responsables de los actos señalados por el MP, como en el caso de la falsedad de los datos en documentos; sin embargo, no se establece que haya sido Vargas la persona que falsificó propiamente los documentos, por eso es que su actuar encuadra en la asociación ilícita y no como lo expuso la fiscalía.
Según la acusación del MP, Vargas Monroy es la supuesta responsable de falsificar información en la constitución de empresas con las cuales presuntamente habrían lavado fondos provenientes de los sobornos entregados por la constructora brasileña Odebrecht.
Caso Odebrecht: Tribunal de Mayor Riesgo A, considera que Celina Vargas cometió un tercer delito y agrega la calificación de asociación ilícita en su contra.
✍️: Sergio Osegueda. pic.twitter.com/dfs9y4HzgW
— Diario La Hora (@lahoragt) July 21, 2026
Por tal razón, el tribunal decidió imponer una pena de seis años de prisión en contra de la cuñada de Baldizón, con la salvedad de que debe restarse el tiempo que esta permaneció en prisión preventiva y así hacer la reducción del caso.
Mientras tanto, se tiene previsto que el próximo viernes 24 de julio se discuta la imposición de una reparación digna para que posteriormente las partes, tanto la defensa como la fiscalía, puedan presentar sus impugnaciones si no estuviesen de acuerdo con la sentencia dictada por el tribunal.







