
El pasado viernes 5 de junio se conoció que el juez suplente del Juzgado de Mayor Riesgo de Quetzaltenango, Ulises Ixcot Xicará, dejó en libertad a la ahora ex vicecónsul de Guatemala en Los Ángeles, California, Gladis Jeannette Castro García, tras anular la orden de captura en su contra al ser vinculada en la muerte de su esposo de origen jordano, Mohammad Hashem Suleiman Arabiat.
Sin embargo, la reciente libertad que le fue concedida a Castro se ve rodeada de una serie de posibles irregularidades e intervenciones registradas en lo que intentó ser una audiencia el pasado 3 de junio.
Según consta en las actas sucintas del proceso a las cuales La Hora tuvo acceso, el juez Xicará desarrolló una audiencia que advierte una serie de situaciones inusuales dentro de la audiencia de primera declaración que se pretendía realizar ese día.
Vicecónsul y exasistente de Luis Contreras fue deportada y detenida por el asesinato de su esposo
LA CAPTURA
Tras conocer detalles de la investigación e indicios de que Castro podría haber participado en el asesinato de Mohammad Suleiman, la fiscalía solicitó la orden de captura en su contra, pero al no encontrarse en Guatemala, porque ya fungía como vicecónsul en Los Ángeles, California, solicitó la intervención de Interpol para lograr su detención.
Por causas aún desconocidas, Castro fue detenida en Estados Unidos y deportada a Guatemala, por lo que el pasado 23 de mayo, a su arribo al Centro de Atención de Retornados del Instituto Guatemalteco de Migración (IGM), la Policía Nacional Civil (PNC) ejecutó la orden de captura por los delitos de parricidio y obstrucción a la acción penal.
Al ser capturada, fue llevada a la Torre de Tribunales en la ciudad capital, donde le informó de los motivos de su detención y se ordenó que fuera llevada a la cárcel preventiva para mujeres Santa Teresa en la zona 18, mientras esperaba ser trasladada a Quetzaltenango para resolver su situación legal.
LA NO AUDIENCIA
Luego de trasladar el expediente a la ciudad altense, el Juzgado de Mayor Riesgo de Quetzaltenango fijó audiencia de primera declaración para el pasado 3 de junio a las 9:00 horas.
Sin embargo, llamó la atención que el juzgado nunca solicitó una orden de traslado de Castro a dicho lugar, sino que, por el contrario, se informó que la audiencia se realizaría vía videoconferencia.
Llegado el 3 de junio, a las 9:12 horas, inicia una audiencia donde se establece que los únicos presentes en la sala son los fiscales del Ministerio Público (MP) y el abogado de Castro, ya que la sindicada se presentaría vía videoconferencia, mientras que los querellantes vía zoom, pues se les había dado la posibilidad de evacuar la audiencia de esta forma.
No obstante, según consta en el acta, se indica que «El señor juez: hace del conocimiento de los sujetos procesales presentes que no se cuenta con sistema en el Organismo Judicial para poder desarrollar la audiencia, por lo que no se puede dar conexión de videoconferencia y vía Zoom por cambios que se están haciendo en el Organismo Judicial».

A pesar de no contar con ese sistema ni tampoco con el sistema de audio, que es obligatorio tener para guardar el registro de la audiencia, el acta señala que: «la audiencia se desarrolla en grabadora portátil por no contar con servicio de sistema en este juzgado».
Estas anomalías, en otros procesos, han hecho que las audiencias se suspendan, principalmente porque, además de las fallas técnicas, la sindicada no estaba presente, ni tampoco consta en el acta que el abogado de esta pudiera representarla en su ausencia.
INUSUAL RAPIDEZ
A pesar de no contar con las condiciones mínimas para realizar la audiencia de primera declaración, el juez continúa con el proceso e indica que tiene una «duda de competencia», es decir, no está seguro si él es el competente para resolver la situación legal de la ex vicecónsul, que no se encontraba presente en la audiencia.
Según su argumentación, en julio del año pasado, la Sala Quinta de Apelaciones de Quetzaltenango lo designó únicamente para conocer la etapa intermedia del caso, en donde dos implicados más ya fueron enviados a juicio, por lo que pretende consultar a los magistrados si puede o no conocer la primera declaración de Castro.
El acta refiere que el juez Ixcot escuchó al MP y a la defensa y dio 24 horas a los querellantes para que se pronuncien, derivado de que no estaban en la sala de audiencias, pero a pesar de no tener el último pronunciamiento, el juzgador ordena que de inmediato se presente la consulta a la sala mencionada para que estos se pronuncien, dando por terminada la audiencia tan solo 12 minutos después de su inicio, es decir, a las 9:24 horas.
Una hora después, aproximadamente, porque en el sello de recibido no se define exactamente la hora de recepción del documento, la Sala Quinta de Apelaciones de Quetzaltenango se da por enterada de la duda del juez.
Para las 12:05 horas, los magistrados de la sala, Miguel Colop, Walther Alexander Alvarado y Milton Estrada, habían enviado su resolución en la cual le indicaron al juez: «se resolvió concretamente que su persona fue designada para conocer únicamente de la fase intermedia que oportunamente se estaba ventilando en la temporalidad de aquella designación».

Al aseverar este extremo, la sala le ordena a Ixcot que «de forma inmediata subsanen el procedimiento mediante la institución procesal correspondiente», es decir, dé marcha atrás a cualquier otra actuación que haya realizado dentro de ese caso.
INMEDIATA LIBERTAD
El mismo 3 de junio, luego de recibir la respuesta de la sala y sin audiencia realizada, el juez Ixcot emitió una resolución a las 14:38 horas en la cual deja sin efecto la orden de captura y ordena la libertad inmediata de Castro.
En su resolución, el juzgador indica que decreta de oficio una actividad procesal defectuosa al excusarse de que este no estaba capacitado para girar la orden de captura y, por lo tanto, dichas decisiones deben quedar sin efecto.
Al anular la orden de captura, Ixcot ordena al Sistema Penitenciario (SP) que la deje en libertad inmediata e instruye al MP para que haga los requerimientos que correspondan dentro del caso nuevamente.

Al momento, los querellantes interpusieron un recurso de reposición en contra de esta decisión, el cual no ha sido resuelto y que busca dejar sin efecto la orden de libertad emitida por el juez, mientras se desconoce la postura del MP al respecto.
Mientras tanto, se desconoce el paradero de Gladis Jeannette Castro García, quien fue puesta en libertad y que, según el Ministerio de Relaciones Exteriores, desde el pasado 28 de mayo presentó su renuncia irrevocable al cargo de vicecónsul, por lo que ya no tiene relación alguna con esa dependencia gubernamental.







