
Un delegado de Migración en La Aurora ha sido ligado a proceso por exigir Q1 mil para permitir viaje con menores. Deberá enfrentar señalamientos por cohecho pasivo.
Un trabajador del Instituto Guatemalteco de Migración (IGM) que estaba asignado en el Aeropuerto Internacional La Aurora fue ligado a proceso penal por el delito de cohecho pasivo, informó el Ministerio Público (MP).
La investigación determinó que Jaime V., en su calidad de delegado de control fronterizo del IGM en el aeropuerto, junto a otra persona (también sindicada por el caso) exigió a una víctima la cantidad de Q1 mil a cambio de autorizar su salida del país junto con dos menores de edad.
El hecho ocurrió el 19 de mayo de 2025 y el delegado migratorio habría argumentado que la documentación presentada no era suficiente para continuar con el trámite migratorio.
«La víctima entregó Q700, suma que fue aceptada por el sindicado, quien posteriormente permitió el sellado de los pasaportes para el abordaje del vuelo con destino a los Estados Unidos», describe el MP.
Debido a ello, el órgano encargado de la persecución penal presentó los medios de convicción a través de la Fiscalía contra la Corrupción y el Juzgado Quinto Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala resolvió dictar auto de procesamiento contra Jaime V.
Asimismo, el juzgado en mención le otorgó medidas sustitutivas consistentes en lo siguiente:
- Arresto domiciliario sin vigilancia
- Prohibición de salir del país
- Prohibición de comunicarse con la otra persona sindicada en el caso
Además, el juzgado otorgó al Ministerio Público un plazo de tres meses para concluir la investigación.
DELITO DE COHECHO PASIVO
En el Código Penal, artículo 239 se define el delito de cohecho pasivo cuando «el funcionario o empleado público que solicitare o recibiere, por sí o por persona intermedia, dádiva o presente, o aceptare ofrecimiento o promesa por realizar un acto relativo al ejercicio de su cargo o empleo, o por abstenerse de un acto que debiera practicar, será sancionado con prisión de uno a cinco años y multa de cien a tres mil quetzales».
También dice que «cuando el funcionario o empleado público obligare o indujere a la dádiva, presente, ofrecimiento o promesa, la pena se aumentará en una tercera parte».
Ligado a proceso penal por el delito de cohecho pasivo ✅
Con base en los medios de convicción presentados por la Fiscalía contra la Corrupción, el Juzgado Quinto Pluripersonal de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente de Guatemala resolvió dictar… pic.twitter.com/r6AuB2PneF
— MP de Guatemala (@MPguatemala) 14 de mayo de 2026







