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Estudiantes podrán optar a la carrera de magisterio en el diversificado. Foto La Hora: DCA

La carrera de magisterio vuelve al diversificado y estos son los nuevos lineamientos publicados en el Diario Oficial, que definen requisitos para ingresar a la carrera y el punteo mínimo para aprobar, entre otros aspectos.

Este martes 24 de febrero se publica en el Diario de Centro América (DCA) el Decreto 4-2026 «Ley de escuelas e institutos normales con especialidad», con el cual la carrera de magisterio regresa al diversificado.

Entre lo indicado en el decreto se destaca el artículo 8 sobre Infraestructura. En este se indica que las Escuelas e Institutos Normales con Especialidades Públicas, Privadas y por Cooperativa de Enseñanza deben contar con infraestructura que responda a las necesidades psicopedagógicas del proceso de formación inicial de los futuros docentes, acorde a su Proyecto Educativo Institucional (PEI).

Asimismo, se asegura que contarán con recursos asignados dentro del presupuesto del Ministerio de Educación, para solventar sus necesidades.

«El Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Finanzas Públicas, establecerá el rubro específico con base al Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado por el Congreso de la República. Las Escuelas Normales Privadas deben cumplir con lo estipulado en su Proyecto Educativo Institucional, con fondos propios», ordena el decreto.

DURACIÓN DE LA CARRERA Y PUNTEO

En cuanto a la duración de la carrera de magisterio, el artículo 20 refiere que esta se desarrollará en dos etapas del ciclo diversificado:

  • Dos años con conocimientos y prácticas comunes para la carrera del magisterio
  • Dos años de especialización dentro del área correspondiente

Con relación a los días efectivos de clases, el artículo 21 indica que los días efectivos de clase en las Escuelas e Institutos Normales con Especialidades, aumentan de 180 a 210 días efectivos de clases anualmente.

Por otro lado, los requisitos del ingreso a la carrera normalista, el artículo 23 dice que, como requisito indispensable, se debe haber aprobado el ciclo de educación básica en un establecimiento de Educación Básica y contar con las competencias aprobadas con una nota de 75 puntos. «De no ser el caso, se someterá a un curso propedéutico, en los meses de octubre, noviembre y diciembre», puntualiza el referido artículo.

En el decreto advierte en el artículo 38 que el cumplimiento del Proyecto Educativo Institucional (PEI) es responsabilidad de cada Escuela e Instituto Normal con Especialidades. Si no se cumple, el Ministerio de Educación dejará constancia escrita de los hallazgos, así como de las recomendaciones a seguir, fijando un plazo perentorio.

«De no lograr el cambio previsto en el tiempo estipulado, la Escuela e Instituto Normal con Especialidades no podrá inscribir estudiantes el ciclo escolar siguiente», reza el decreto.

El decreto también ordena la elaboración del reglamento respectivo y da un plazo de tres meses contados a partir de su vigencia. En ese sentido, el artículo 49 refiere que el decreto 4-2026 entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial, es decir, el próximo 4 de marzo.

 

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Heidi Loarca
Soy periodista apasionada por los temas políticos, económicos y sociales. A través de las noticias se guarda un registro de lo que acontece a lo largo de la historia del país.
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