Las instituciones vinculadas con el proyecto de construcción del Puente Belice II deberán presentar un informe a cada 15 días.
Las instituciones vinculadas con el proyecto de construcción del Puente Belice II deberán presentar un informe a cada 15 días.

La Corte de Constitucionalidad (CC) declaró con lugar una solicitud de asistencia para la debida ejecución de sentencia de un amparo dictado el 21 de mayo de 2025, ordenando al Gobierno retomar de forma «inmediata» la construcción del proyecto denominado «Diseño y Construcción Puente Vehicular Belice II y Aproximaciones«.

La resolución, contenida en el expediente número 567-2025, planteada por Reyna de Jesús Escobar Rodríguez, Marta Luisa Tepén Soyos de Suret y Blanca Julia Contreras López de Montenegro, vincula directamente al Presidente de la República, al Ministro de Finanzas Públicas y al Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV).

De acuerdo con el tribunal, estas autoridades deben adoptar cuanta medida sea necesaria para garantizar la continuidad y conclusión de la obra.

Con lo resuelto por la CC, el presidente, los ministros de Finanzas, Comunicaciones y la Contraloría General de Cuentas (CGC) «de manera inmediata, deberán realizar y adoptar cuanta medida sea necesaria para continuar, ejecutar y concluir la construcción del proyecto».

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El Ejecutivo y la CGC deberán presentar un informe detallado a la CC cada 15 días hábiles, documentando cada paso técnico y financiero realizado en el proyecto de edificación. El fallo de la CC advierte que de no cumplirse con esta orden, se activarán responsabilidades penales y civiles previstas en la Ley de Amparo y Exhibición Personal.

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La Hora buscó la postura de las autoridades del Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (CIV) y del Ejecutivo, pero al cierre de esta nota no se han pronunciado. Al tener la respuesta se agregará en este espacio.

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