La Ley Electoral y de Partidos Políticos establece que los comisionados de la Postuladora del TSE no pueden ser ministros de culto. Foto La Hora: PGN
La Ley Electoral y de Partidos Políticos establece que los comisionados de la Postuladora del TSE no pueden ser ministros de culto. Foto La Hora: PGN

Mynor Augusto Herrera Lemus, rector de la Universidad Panamericana (UPANA), cuenta con una prohibición para integrar la Comisión de Postulación de magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE), según lo establecido en la Ley Electoral y de Partidos Políticos (LEPP).

El artículo 138 de la normativa electoral establece las siguientes prohibiciones para integrar la Postuladora del TSE:

a) Los funcionarios de los organismos del Estado y de las entidades autónomas o descentralizadas del mismo. Esta prohibición no es aplicable al rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala, ni al decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de dicha universidad.

b) El Procurador General de la Nación, el Fiscal General de la República, los Magistrados de la Corte de Constitucionalidad y el Procurador de los Derechos Humanos.

c) Los miembros de los órganos permanentes de organizaciones políticas.

d) Los Magistrados, funcionarios o empleados del Tribunal Supremo Electoral y sus dependencias, así como sus parientes dentro de los grados de ley; y,

e) Los ministros de cualquier religión o culto

Mynor Herrera forma parte del Consejo Nacional de Ministerios Verbo Guatemala, según la página oficial de la institución religiosa. Además, en redes sociales, el rector de la UPANA es reconocido como «líder» de esta entidad.

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PRESIDENTE DE FORO EXPLICA DESIGNACIÓN

Tras la designación, el presidente pro tempore del foro de rectores, Mynor Cordón, explicó que durante la sesión se tomó en cuenta lo establecido en el artículo 138 de la normativa electoral.

Mynor Cordón, rector de la Universidad Regional y electo representante suplente ante la Postuladora, señaló que los representantes de las casas de estudio superiores privadas que tenían impedimentos reconocieron que no podían participar como candidatos.

El presidente pro tempore del foro de rectores agregó que no le corresponde responder respecto a si Herrera Lemus tiene una prohibición, pero remarcó que durante la sesión no hubo una manifestación de parte del rector de la UPANA en la que señalara que tenía un impedimento.

«Porque es rector de una universidad evangélica, pero no es ministro de culto, así lo manifiesta», sostuvo.

Engelberth Blanco
Creo en la democracia y apelo por una educación de calidad para todas las personas, el acceso al agua y la tierra.
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