
Para ordenar el tránsito y facilitar la movilidad urbana, la Municipalidad de Guatemala implementó un sistema de señalización con colores en los bordes de las vías públicas. Estas líneas indican en qué lugares se permite o restringe el estacionamiento, dependiendo del día y la hora.
El Reglamento del Servicio Municipal de Estacionamiento en la Vía Pública del Municipio de Guatemala establece los horarios, tarifas, tipos de parqueo y la señalización correspondiente, con el objetivo de evitar sanciones por estacionarse en sitios prohibidos.
LA NORMATIVA
Este reglamento está contenido en el Acuerdo COM-40-2022, publicado el 12 de febrero de 2024 en el Diario de Centro América.
Además de las disposiciones mencionadas, también regula el uso de parquímetros inteligentes, métodos de pago, derechos y obligaciones del usuario, así como las sanciones y prohibiciones al cometer una infracción.

COLORES A IDENTIFICAR
Para evitar ser multado, aquí te explicamos el color de cada línea, según el reglamento:
LÍNEA AMARILLA:
Este color identifica las áreas autorizadas para el estacionamiento y la realización de maniobras de carga y descarga.
LÍNEA AZUL:
Esta área identifica los espacios de estacionamiento exclusivo para los taxis estacionarios y de fletes autorizados por EMETRA.
LÍNEA AZUL CON FONDO DIFERENCIADO:
Esta área de parqueo es exclusivamente para personas con discapacidad debidamente identificadas.
LÍNEA BLANCA:
Específicamente para estacionamiento con o sin sistema de parquímetros y tiene un horario específico de 07:00 a 20:00 Sin embargo, Amílcar Montejo, vocero de la PMT, especifico que fuera del horario no es motivo de multa.
LÍNEA ROJA:
Corresponde a las vías en las cuales está restringido el estacionamiento de lunes a sábados en horario de 7:00 a 20:00 horas.
LÍNEA VERDE:
Las zonas identificadas con este color, es estacionamiento sujeto a restricción contando está con un horario es de 08:00 a 16:00 horas

LUGARES PROHIBIDOS
Según los artículos 152 y 153 de la Ley de Tránsito y su Reglamento, está prohibido estacionarse en lugares como:
- Carriles o partes de la vía reservados exclusivamente para otro medio de transporte.
- Curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida.
- Túneles, puentes, pasos a desnivel.
- Paradas de transporte público y sus proximidades.
- Sitios reservados para el acceso y salida de servicios de emergencia.
- Áreas de carga y descarga.
- En una entrada de vehículos.

SANCIONES
De acuerdo con los artículos 181 al 184 del Reglamento de Tránsito, estacionarse en lugares prohibidos puede implicar multas que van desde los Q200 hasta Q500, según la infracción cometida.

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