Victoria para Stuardo Campo: lo absuelven en caso del MP y la FCT

Este viernes 18 de julio, la jueza Magda Martínez, del Tribunal Décimo de Sentencia Penal, decidió absolver al exjefe de la Fiscalía contra la Corrupción, Stuardo Campo, del delito de incumplimiento de deberes dentro del caso conocido como Alfa 7.

De la misma forma, la juzgadora decidió absolver del delito de incumplimiento de deberes a Gonzalo Chilel y Carlos Faustino Pérez, quienes laboraron en la Fiscalía contra el Tráfico Ilícito de Migrantes como auxiliares fiscales, cuando campo dirigía la unidad del MP.

El pasado 17 de julio, la fiscal Brenda Guzmán, del Ministerio Público (MP) solicitó a la togada penas de siete años en contra de los sindicados, ya que asegura que no cumplieron con sus funciones al no revisar correctamente la documentación en el caso Alfa 7.

También, la fiscal señaló que solicitaron la orden de captura en contra una persona que no estaba vinculada en la investigación, ya que su nombre era un homónimo de otra que sí tenía elementos en su contra para ser investigada y llevada ante juez competente.

Pese a ello, Stuardo Campo continuará en prisión, ya que también fue ligado a proceso por el Juzgado Décimo Penal.

CAMPO: TODAVÍA HAY JUECES IMPARCIALES

Al salir de la audiencia, el exfiscal Campo aseguró que «hay que darle la honra y la gloria a Dios y a nuestro señor Jesucristo y a la virgen santísima».

También, Campo señaló que todavía hay jueces imparciales, justos y honorables en el país, por lo que recalcó que este viernes el país fue testigo de ello.

«Puesto a que la honorable señora juez, que a forma unipersonal ha conocido este debate oral y público, pues hay una sentencia justa, una sentencia apegada a derecho, por medio de la cual se nos deja libre de todo cargo, se nos absuelve del cruel delito específicamente que habíamos sido acusados de manera injusta por el MP», indicó.

También, Campo remarcó que la sentencia es un mensaje de esperanza para todas las personas que creen en el sistema de justicia, a pesar de las dificultades en los últimos tiempos.

De nuevo, el abogado resaltó que en el Organismo Judicial (OJ) hay jueces honorables, probos, al igual que en el MP, en donde indicó que hay personas que pueden contribuir enormemente en el fortalecimiento de las instituciones.

CAMPO: PEQUEÑO PASO

Al mismo tiempo, el exfiscal anticorrupción habló sobre los otros dos procesos en los que fue vinculado, expresando que su defensa le comentó que están pendientes de que se agende una audiencia de medidas de coerción en el caso denominado Zolic, en donde es acusado de incumplimiento de deberes y denegación de la justicia.

De acuerdo a Campo, era necesario llegar a debate, ya que la prueba se produce justamente en esa parte del proceso.

“Y en el momento en el que ya se debe de proceder en la validación de los medios probatorios definitivamente esas teorías o acusaciones que son espurias tienden a caerse y el día de hoy hemos visto cómo la honorable señora jueza ha razonado y ha fundamentado su decisión absolutoria, y evidentemente la carencia o la insuficiencia probatoria del MP”, remarcó.

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Campo remarcó que no existía delito alguno de su parte, así como por parte de los coimputados, pero remarcó que se logró acreditar que hubo un error y que existió negligencia administrativa, lo que, en todo caso, debió ser juzgado por esa vía.

Sin embargo, remarcó que el MP decidió acudir a la vía penal con solicitudes de aprehensión, de medidas de coerción.

“El día de hoy se demuestra que ese no era el camino, que nos asistía la razón, que no existió dolo alguno en nuestra acción, así que nos sentimos verdaderamente muy felices y muy satisfechos, pero estamos conscientes que simplemente es un pequeño paso que estamos dando dentro de este camino”, indicó.

También, reiteró que es indiscutible que el MP o los querellantes adhesivos interpondrán los recursos de apelación, por lo que subrayó que procurarán defender la sentencia en las salas de apelaciones e instancias correspondientes.

JUEZA: NO EXISTIÓ DOLO

La jueza Magda Martínez resaltó que analizó las pruebas presentadas por la Fiscalía, con lo cual llegó a la conclusión de que durante la etapa procesal no se comprobó que los acusados cometieron un acto que no fuera propio de sus funciones.

De acuerdo a la juzgadora, para que se les pueda reprochar la omisión, los acusados debieron de querer realizar la acción, pero ello no ocurrió.

Según explicó, no se dio el debido apoyo a la fiscalía para realizar la diligencia, ya que no contaban con el personal suficiente, por lo cual resaltó que no se pudo comprobar que existiera dolo o intención de cometer un delito, y que hubo errores en el diligenciamiento del caso que no fueron cometidos por los exfiscales.

Por lo anterior, resaltó que en todo caso se debió aplicar sanciones contra los acusados por supuesta negligencia.

De esta cuenta, la togada decidió absolver a los exfiscales por el delito de incumplimiento de deberes. 

DENUNCIA DE FCT

La acusación contra el exfiscal Campo deriva de una denuncia de la Fundación Contra el Terrorismo (FCT) de 2022, en la que se acusa al abogado de solicitar una orden de captura equivocada cuando dirigía la Fiscalía contra el Tráfico Ilícito de Migrantes. 

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