La Corte de Constitucionalidad (CC) rechazó una apelación presentada por el Ministerio Público (MP) con el cual pretendía revertir la decisión de la juez Abelina Cruz de repetir la audiencia de etapa intermedia a Carlos Batres Gil dentro del caso Odebrecht.
Según la resolución de la corte, se comparte la decisión de la Sala Segunda de Apelaciones de Mayor Riesgo de no otorgar las peticiones hechas por la fiscalía porque no agotaron correctamente los recursos para impugnar la decisión de la juzgadora.
En los antecedentes, se refiere que la fiscalía presentó un recurso de reposición contra la decisión de Cruz, el cual fue rechazado, por lo que le MP debió presentar una apelación, pero en su lugar presentó un amparo, lo que incurrió en el error al no agotar todas las acciones correspondientes.
Por tal motivo, la CC refiere que no puede dar con lugar lo solicitado y deja vigente la resolución de la juez.
#AhoraLH l CC rechaza apelación del MP porque no agotó correctamente los recursos. Mantiene la actividad procesal defectuosa que dictó la jueza Abelina Cruz, con la cual pretende repetir la audiencia de etapa intermedia en contra de Carlos Batres Gil, vinculado con el caso… pic.twitter.com/1NALUaerbG
— Diario La Hora (@lahoragt) January 22, 2025
CONTROVERSIA POR DECISIÓN
Las acciones contra la decisión de Cruz surgieron luego que esta decidió repetir la audiencia de etapa intermedia, a pesar de que existía una orden de la CC para que enviara a juicio a Batres Gil.
De acuerdo con el historial del caso, el 31 de enero de 2022, la entonces Juez de Mayor Riesgo D, Erika Aifán, envió a juicio al empresario por considerar que existen suficientes indicios como para que un tribunal decida si es culpable o inocente de los delitos de lavado de dinero, asociación ilícita y cohecho activo.
Esto, luego que se supone este habría ayudado al exministro de comunicaciones, Alejandro Sinibaldi, a ocultar fondos ilícitos provenientes de sobornos entregados por la constructora brasileña Odebrecht.
Dicha decisión, fue sometida a una serie de impugnaciones que aplazaron el caso por más de año y medio.
En octubre de 2023, la CC confirmó la decisión de Aifán y ordenó que Batres Gil fuera enviado a juicio, pero derivado de los cambios de jueces en la judicatura, sería Cruz quien debiera cumplir con esa orden.
A inicios de 2024, en la audiencia para dar cumplimiento a esa orden, se presentó una solicitud de actividad procesal defectuosa por parte de la defensa, la cual fue rechazada.
Por causas desconocidas, en octubre del año pasado, Cruz conoció una nueva solicitud de actividad procesal defectuosa, la cual dio con lugar, asegurando que por no haber sido ella la juez que conoció la audiencia de etapa intermedia y no ser ella quien lo enviara a juicio, no podía cumplir la orden de la CC y era necesario repetir la audiencia.
Aunado a esto, la juez autorizó la devolución de Q4 millones que Batres Gil había pagado en concepto de caución económica dentro de las medidas sustitutivas que le fueron otorgadas.
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