El periodista José Rubén Zamora regresa a prisión el lunes 13 de enero, luego de que la Sala Segunda de Apelaciones Penal remitió el expediente con el cual ordenó al Tribunal Noveno de Sentencia Penal que cumpla con la resolución del 15 de noviembre, en la que se le revocan las medidas sustitutivas.
La orden generó duda, pues tanto la defensa como la Fiscalía Especial contra la Impunidad (Feci) afirman que no han sido notificados sobre si la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ya conoció y resolvió la petición de amparo presentada contra la decisión de la Sala y que afecta a Zamora.
#URGENTE Luego de que CSJ negó amparo provisional al periodista Jose Rubén Zamora, la Sala Segunda de Apelaciones traslada orden al Tribunal Noveno de Sentencia Penal para que ejecute la revocatoria de medidas sustitutivas y lo envíe a prisión preventiva. Tribunal programa… pic.twitter.com/SBx0HY2zOx
— Diario La Hora (@lahoragt) January 9, 2025
La decisión de la Sala, aunque fue emitida en noviembre, no había sido ejecutada porque en su misma resolución se indicó que no se podía dar cumplimiento hasta que la misma no estuviera firme, situación que abrió paso a las impugnaciones ante la CSJ que según indican se encuentran pendientes de resolver.
En esa resolución, la Sala ordenó que en un plazo de 48 horas, el Tribunal revoque las medidas, situación por la cual programaron para el lunes 13 de enero a las 8:15 horas la audiencia para dar cumplimiento con la orden.
IMPUGNACIÓN PENDIENTE
Jovita Tzul, defensora de Zamora, indicó que hasta ahora no han sido notificados de la decisión de la CSJ sobre la negativa del amparo provisional solicitado, por lo que desconocen por qué el Tribunal estaría convocando para revocar las medidas.
«Si en dado caso nos niegan el amparo, todavía podemos presentar apelación ante la Corte de Constitucionalidad», expuso la defensora, al referirse que la decisión de la Sala todavía no está firme.
Queda en la duda, si la Sala debía correr inmediatamente con el cumplimiento de la orden cuando aún está pendiente por resolverse el amparo en forma definitiva y la posibilidad de presentar las acciones que los defensores consideren pertinentes ante la Corte de Constitucionalidad, si fuera el caso presentarlos.
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