La Corte de Constitucionalidad, según la Carta Magna, tiene cuyo fin principal la defensa del orden constitucional y está obligada a resolver en el ámbito que indica la Carta Magna, las acciones de los dirigentes del Movimiento Semilla, partido en crisis, por la resolución exprés del juez Fredy Orellana, que ordenó al Tribunal Supremo Electoral, la cancelación de derecho público, procedimiento que viola la ley de la materia y restringe la supremacía que de acuerdo con las normas constitucionales, es competencia exclusiva del órgano legalmente conformado para esa clase de acciones, que quebrantan el Estado de derecho y en contra de la democracia.
El diccionario de la lengua Española, define claramente la supremacía al decir “grado supremo de cualquier línea. Supremacía, superior jerárquica”. Además, la Constitución dice “no hay ámbito que no sea susceptible de amparo, y procederá siempre que los actos, resoluciones, disposiciones y leyes de autoridad lleven implícitos una amenaza, restricción o violación a los derechos que la Constitución y las leyes garantizan”. La orden que emitió el juzgado para la cancelación de Semilla, va en contra de lo que regulan las leyes en que está investido el Registro de Ciudadanos y el Tribunal Supremo Electoral, pues no se puede aplicar una ley ordinaria, para acciones de esa naturaleza.
Los directivos del ente político, han manifestado la arbitrariedad y la violación de la Carta Magna y la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Juez Orellana y tienen confianza que el máximo tribunal Constitucional, resuelva con lugar la acción y se restituya la personería jurídica del Movimiento Semilla y se instruya al órgano electoral, que dentro de un debido proceso, corriéndole audiencia a las partes, abra el expediente sobre si dicho partido, ahora en el gobierno, tiene serias anomalías desde su inscripción, pues no se encuadra la Ley contra el terrorismo para proceder a ordenar la cancelación de la relacionada entidad política.
El Ministerio Público, el Organismo Judicial, con jueces venales, en la gestión de la Fiscal General Porras, asociada con Rafael Curruchiche de la FECI iniciaron una cacería contra los dirigentes de Semilla, al conocerse el triunfo de Bernardo Arévalo de León y Karin Herrera, un hecho sin precedentes, pues intentaron fraguar un “autogolpe de estado,” para impedir la toma de posesión de los actuales jefes del Ejecutivo.
Orellana, ha sido señalado de actuar políticamente con acciones abyectas. Tomó como causal para ordenar la cancelación se Semilla, la aceptación de cargos de dirigentes de esa entidad. Dictó una resolución al conocerse que el Congreso, había reformado la Ley Contra el Terrorismo que blinda a las instituciones de derecho público. Se subraya, una ley ordinaria, no puede aplicarse a una de rango constitucional, que obliga al órgano supremo en materia constitucional, resolver apegado a derecho y encuadrado lo que norman las leyes de la materia.
De resolverse con lugar las peticiones de Semilla, podía promoverse contra el Juez 7º. de primera instancia Penal, Freddy Orellana, antejuicio por abuso de poder, prevaricato, por violar la Constitución. Se espera que con nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Salas de Apelaciones y otros tribunales colegidos, se dignifique y rechacen acciones politiqueras y corruptas de un ente investigador, denigran a un organismo que desde hace años, ha caído en un vacío, originando desconfianza, cuya función es, ser imparcial y auxiliar de la administración de justicia, sin fines politiqueros. La batalla legal de los dirigentes de Semilla, podría el alerta a otros partidos y comités con fines políticos que se preparan para el próximo proceso electoral.