La Corte de Constitucionalidad (CC), por medio de un comunicado, informó que la función esencial del Tribunal es la defensa del orden constitucional y que la independencia de esta es un principio de «obligatoria observancia», en respuesta a la solicitud del Ejecutivo de retirar inmunidad a tres magistrados suplentes del ente.
De acuerdo con el comunicado, «la indebida injerencia respecto de las decisiones que asume el Tribunal es punible y atenta contra el principio democrático de separación de poderes».
La Corte de Constitucionalidad a la opinión pública reitera: pic.twitter.com/PujRpFehiy
— CC Guatemala (@CC_Guatemala) July 24, 2024
«Atenta contra la independencia judicial de esta Corte toda acción que pretenda incidir en sus decisiones, por lo que este Tribunal rechaza cualquier acto que intente mermar el desarrollo independiente de la justicia constitucional», resaltó la CC.
En última línea, resalta que el hecho de que las decisiones tomadas por la CC no concedan la razón al justiciable, no implica que se genere violación a la Constitución.
En tendencia:
El enojo de Curruchiche
Golpe al MP: Sala confirma que fiscal anticorrupción, Eduardo Pantaleón, no cometió ningún delito en caso cuestionado
Joviel Acevedo y las 16 "exigencias" del STEG al Congreso de la República
Aprueban reforma que prohíbe a PMT imponer multas en rutas nacionales
Alcalde de Villa Nueva advierte de peligros por Ley de Tránsito que propone Cristian Álvarez
SOLICITUD DE RETIRO DE INMUNIDAD
El gobierno de Guatemala informó por medio de un comunicado que presentó una solicitud de retiro de antejuicio de los magistrados suplentes de la Corte de Constitucionalidad (CC), Claudia Elizabeth Paniagua Pérez, Walter Paulino Jiménez Texaj y Luis Alfonso Rosales Marroquín, por el delito de prevaricato.
De acuerdo al Gobierno, ellos habrían cometido este delito por haber omitido pruebas documentales incluidas dentro del proceso de amparo 3156-2024.
En estas pruebas «constaban informes auténticos generados por la Superintendencia de Bancos que establecen que el señor Jorge Mondal no reúne los requisitos exigidos por el artículo 17 de la Ley Orgánica del Banco de los Trabajadores para ser presidente de la entidad».
Jorge Mondal, actualmente es presidente del Banco de los Trabajadores, a pesar de que no cumple con el requisito de haber trabajado por 10 años en el sistema bancario nacional.
Caso Mondal: Ejecutivo solicita retirar inmunidad a tres magistrados suplentes de la CC