Por D. España, E. Laz y L. Sapalú
diegoe@lahora.gt, elazgalo@lahora.gt y lsapalu@lahora.gt
Diversas reacciones provocó la Fiscal General, María Consuelo Porras, al solicitar un amparo ante la Corte de Constitucionalidad (CC) por las críticas que desde las redes sociales se hacen en su contra, derivado de su desempeño al frente del Ministerio Público (MP). Ante eso, La Hora consultó con expertos en Derecho, para establecer el alcance de lo realizado por la titular del órgano encargado de la persecución penal. Los entrevistados coincidieron al señalar que se puede establecer una intención de limitar el derecho de libre emisión del pensamiento y acallar voces críticas.
UN ATAQUE A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Para Edgar Ortiz, abogado constitucionalista, no existe un delito o falta por solicitar la renuncia de un funcionario. «Es un ataque a la libertad de expresión, y el artículo 35 de la Constitución de la República lo regula» aseguró.
Porras mencionó en el amparo que planteó ante la CC a cuatro usuarios de la red social X, antes Twitter, quienes señalan en plataformas digitales que se habría instrumentalizado la acción penal por parte del MP, y de esa cuenta exigen la renuncia de jefa del órgano encargado de la persecución penal, así como el jefe de la Fiscalía Especial contra la Impunidad (FECI), Rafael Curruchiche, y de Cinthia Monterroso, agente de dicha unidad.
En tendencia:
Ortiz indicó que de acuerdo con el artículo 35 de la Carta Magna: «no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos», leyó.
«Las críticas a funcionarios son parte de la libertad de expresión, y casos muy específicos de publicaciones con hechos inexactos o infundados tienen su guía legal para quejarse, pero no un amparo», aseguró el jurista.
SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES ES INFUNDADA
Otro de los requerimientos de Porras fue que el procurador de los Derechos Humanos, Alejandro Córdova, solicite a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) medidas cautelares a su favor, de Curruchiche y de Monterroso.
Christian González Chacón, experto en derecho constitucional y derecho internacional, abordó ese extremo e indicó que «esa solicitud es completamente infundada», debido a que «las medidas cautelares protegen cuando hay riesgos a la vida o integridad personal, pero no son mecanismos para evitar las críticas, por más duras que sean».
El experto indicó que “la ley protege el derecho a la protesta pacífica, y cualquier intento de limitarla tiene que verse con un escrutinio muy riguroso”.
Sobre la solicitud de Porras de usar la fuerza pública, de ser necesario, consideró que “el amparo buscaría limitar derechos constitucionales en lugar de protegerlos”.
Agregó que “la libertad de expresión protege críticas contra funcionarios públicos, aún cuando sean ofensivas para el funcionario en cuestión”.
«Los funcionarios tienen que acostumbrarse a la fiscalización constante. Pedir la renuncia de un funcionario es una crítica a su desempeño y está protegido por la libertad de expresión», concluyó.
ESTÁ BAJO EL OJO CRÍTICO DE LA POBLACIÓN
Para el exmagistrado Luis Fernández Molina, Porras no debe olvidar que desde su función como jefa del MP se encuentra ante la vista de la ciudadanía.
«Ella, como funcionaria, está bajo el ojo crítico de la población, en el sentido de que debe cumplir y apegarse a la ley; a la aplicación de la ley objetiva e imparcial. Ella lo sabrá. En todo caso, debe sujetarse a las críticas favorables o desfavorables de su gestión».
Agregó que solicitar el respaldo a la seguridad es una situación válida, pero que esto no se pide por medio de una acción de amparo. «Por favor, respetemos al amparo, no es una institución para estarla manoseando y pisando en todos los casos», expresó.
Fernández Molina consideró como «realmente es insólito» el hecho, porque se busca la coacción al derecho de libre emisión del pensamiento, del cual gozan todos los ciudadanos, y por el cual se puede expresar y manifestar de manera pública.
El entrevistado expuso que la ciudadanía «podrían plantear un amparo ante la amenaza de que, de alguna forma, el poder limite su libre derecho de manifestar y expresar».
Otras Noticias:
OPINIÓN DE LA POBLACIÓN
Según Ovidio Orellana, expresidente del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG), la población podría considerar que con las accione recientes de Porras, el MP mantiene una preocupación por los resultados de las votaciones.
«Quizá ya le preocupa el mensaje que la población ha dado en las urnas, y que siguen produciendo por redes sociales. Pero eso se deriva, también, por las acciones que el Ministerio Público ha adoptado, porque no lo ve bien la población», afirmó.
En cuanto a la petición del amparo, Orellana aseguró que ella, como ciudadana del país, tiene el derecho de acudir a las autoridades y hacer las solicitudes que considere. Y que la eventual respuesta que se le dé a la acción legal de la Fiscal General, impactaría en el derecho de la libre emisión del pensamiento, y no el requerimiento propiamente dicho.