El TSE fijó el monto del financiamiento público para el acceso a espacios y medios de comunicación. Foto: La Hora / TSE

Para este proceso electoral se estableció un techo presupuestario de más de Q34 millones 957 mil 384 por cada agrupación política. Esta cantidad quedó instaurada en el Decreto 1-2023, el cual le da vida al proceso electoral.

En otras palabras, cada partido podrá utilizar hasta esa cantidad para realizar campaña electoral. El techo fue decretado a razón de US$0.50 por cada ciudadano empadronado hasta el 1 de diciembre de 2022, en ese entonces el total era de 8,905,455 personas.

Este año se estableció un techo mayor al determinado para el proceso electoral de 2019, la cual fue de Q29 millones 669 mil 862.96. Sin embargo, el total no supera el fijado para el proceso de 2015 el cual fue de Q58 millones 229 mil 625.26.

Para los comités cívicos el techo fijado es de Q6 millones 991 mil 476. Este se estableció después del cálculo de US$0.10 por cada ciudadano empadronado.

Los 29 partidos políticos inscritos podrán realizar campaña electoral desde el 27 de marzo hasta 36 horas antes del 25 de junio.

El TSE fijó el monto del financiamiento público para el acceso a espacios y medios de comunicación en Q107,801,000. Esto lo establece la Ley Electoral y de Partido Políticos para promover el acceso igualitario

PROHIBICIONES

La Ley Electoral y de Partidos Políticos prohíbe recibir recursos del Estado, de personas individuales o jurídicas extranjeras y donaciones anónimas.

Además, no está permitido pegar o pintar rótulos en efigies, paredes, señales, monumentos, montañas, puentes, edificios, cerros, laterales de carretera, pavimento o similares. A excepción que se trate de propiedad privada y lo permita el propietario.

No se permite el uso de vehículos con altoparlantes con fines propagandísticos antes de las 7:00 después de las 21:00 horas.

Se prohíbe la realización de campaña electoral 36 horas antes del día de elecciones. Así como el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos desde las 12 del día anterior hasta las 18:00 horas del día de elecciones.

Ni los candidatos u organizaciones pueden contratar de terceras personas tiempos y espacios en los medios de comunicación, ya que solamente se permite siguiendo los reglamentos respectivos. Ni la contratación de medios alternativos directamente.

Los funcionarios tienen prohibido realizar campaña electoral dentro del horario laboral ni utilizar su autoridad o influencia a favor de un candidato. En ese sentido también se prohíbe usar recursos y bienes del Estado para propaganda.

No se permite hacer propaganda anónima, ofrecer regalos o retribuciones que indiquen clientelismo, rotular vehículos oficiales, publicitar obras benéficas. Además de las prohibiciones establecidas en las diferentes leyes y reglamentos.

RENDICIÓN DE CUENTAS

Tanto los partidos políticos como los comités deberán presentar informes sobre los movimientos del presupuesto al TSE. De manera que este pueda fiscalizar los movimientos financieros de cada agrupación.

Asimismo, en este proceso electoral también los comités cívicos deberán presentar informes periódicos sobre los movimientos realizados, a decir de los magistrados este es el primer proceso en el que los comités deben realizar este procedimiento.

Fátima Najarro
Graduada de la Universidad Rafael Landívar en Ciencias de la Comunicación. Fanática de la natación. Sin periodismo no hay democracia.
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