Luis Fernandez Molina

luisfer@ufm.edu

Estudios Arquitectura, Universidad de San Carlos. 1971 a 1973. Egresado Universidad Francisco Marroquín, como Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales (1979). Estudios de Maestría de Derecho Constitucional, Universidad Francisco Marroquín. Bufete Profesional Particular 1980 a la fecha. Magistrado Corte Suprema de Justicia 2004 a 2009, presidente de la Cámara de Amparos. Autor de Manual del Pequeño Contribuyente (1994), y Guía Legal del Empresario (2012) y, entre otros. Columnista del Diario La Hora, de 2001 a la fecha.

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Luis Fernández Molina

Para operar un negocio el interesado debe primero inscribirse como comerciante. En otras palabras nadie que no sea comerciante, puede inscribir y dirigir un establecimiento comercial. En la columna anterior, descubrimos al empresario como la persona que se arriesga a abrir un negocio y ahora establecemos que la empresa es la primera etapa de esa decisión.

Por empresa, se entiende a un conjunto de elementos idóneos, materiales e inmateriales, que se coordinan con el fin mediato de ofrecer sus productos o servicios al público y con el fin inmediato de obtener una ganancia (artos. 655 y 657 Código de Comercio). Es el vehículo por cuyo medio el comerciante va a desarrollar su actividad.  Viene a ser la combinación o estructura mediante la cual el comerciante se va a salir al mercado más o menos de la misma forma que la clínica o el bufete son los medios externos del médico o del abogado.

Toda empresa es una conjugación de elementos dispares. De igual manera que un hospital no es solamente el edificio ni los sofisticados aparatos médicos ni las medicinas almacenadas, hospital es el “conjunto” de esos elementos más los doctores, las enfermeras, los demás empleados, etc. en este contexto hasta los pacientes forman parte de ese conglomerado que llamamos “hospital”.

Se considera a la empresa como un bien mueble, esto es, como “una cosa” que puede venderse, enajenarse, embargarse, etc. como cualquier otro bien mueble. Sin embargo no es algo tangible, que se pueda tocar o sentir ya que se trata de una combinación armónica de elementos dispuestos en una misma dirección y orquestados por un comerciante. En otras palabras el valor más destacable de la empresa es esa coordinación de diferentes componentes; como una maquinaria que se integra por varios engranajes que constantemente se mueven en sincronía.

Vender una empresa es como traspasar un canasto en el que van comprendidos los diferentes paquetes que son todos sus elementos. Por ejemplo para la venta de una panadería con 7 puntos de venta en la ciudad capital se comprende el traspaso de los establecimientos (o de los contratos de arrendamiento), del nombre comercial, las marcas, las fórmulas, patentes, la clientela, los créditos y deudas, y por último el elemento personal: los contratos de trabajo de cada uno de los colaboradores de esa empresa.

La autorización para iniciar y operar una empresa se otorga a través de una patente de comercio que extiende el Registro Mercantil después de realizar el trámite respectivo. De igual manera quien explota el material de una cantera necesita licencia y el conductor de vehículos igualmente necesita licencia para conducir, el comerciante requiere de autorización debe contar con una patente de comercio. En todo caso lo hace para acreditar que un negocio no es “clandestino” (o informal), debe contar con una patente de comercio como adelante se detallará. Se considera figura delictiva tener establecimiento abierto al público sin patente de comercio. Lamentablemente son muy bajos los índices de la formalidad pues no es claro el límite en el que un comerciante deba inscribirse; después de todo los vendedores de mercados son comerciantes individuales a nivel básico. Pero otros, de mayor volumen deberían formalizar sus operaciones. Por lo mismo las estadísticas de nuestro país son imprecisas en materia de mano de obra, impuestos, empresariado, etc.

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