Este año, los diputados del Congreso de la República deberán elegir al procurador de los Derechos Humanos (PDH), debido a que Jordán Rodas cumple el 19 de agosto de 2022 los cinco años del mandato para el que fue designado.
El pleno de diputados deberá elegir al sucesor de Rodas de entre tres candidatos propuestos por la Comisión de Derechos Humanos del Legislativo. La decisión tendrá que efectuarse en un plazo de 30 días a partir de la entrega de la terna de candidatos, según lo establecido en ley.
El actual magistrado de Conciencia podría buscar la reelección, pero enfrentaría un escenario complicado en el Congreso, dadas las alianzas que el pacto oficialista ha establecido en el pasado y existe la posibilidad de que no sume los 107 votos que se requieren, derivado a que varios diputados aliados al oficialismo han criticado las acciones de Rodas.
UN CALVARIO FINANCIERO
De acuerdo con el titular de la PDH, durante 4 años “ha sido la única institución del Estado a la cual no se le incrementó el presupuesto, al contrario, han sido más de cuatro años de un calvario financiero”, refirió.
Rodas atribuye el bloqueo que ha enfrentado por parte del Congreso “después de mi posición a favor de la lucha contra la corrupción y la impunidad. Mi gran pecado fue estar a favor de la otrora Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG)».
Sobre ese tema agregó que “evidentemente esta Comisión afectó intereses políticos y económicos muy poderosos, y ya me vieron como un funcionario incómodo para el status quo».
ANALIZA REELECCIÓN
La Hora buscó la postura del magistrado de Conciencia con respecto a su reelección e indicó que “al momento no lo he decidido” y comparte que actualmente tiene “distintos escenarios” después de haber cumplido la responsabilidad que me delegó el Congreso de la República como Comisionado de los Derechos Humanos para un quinquenio.
Además, se le consultó sobre ¿qué esperaría de quien ocupe su lugar? Y Rodas respondió: Que mantenga la independencia de la institución, esa es la fortaleza para ejercer como magistrado de Conciencia, cargo que cual no está supeditado a ningún organismo del Estado, como bien lo señala la ley que me rige, ni el poder económico o político.
MARCO LEGAL
El artículo 274 de la Constitución Política de la República de Guatemala establece: “El procurador de los Derechos Humanos es un comisionado del Congreso de la República para la defensa de los Derechos Humanos que la Constitución garantiza. Tendrá facultades de supervisar la administración; ejercerá su cargo por un período de cinco años, y rendirá informe anual al pleno del Congreso, con el que se relacionará a través de la Comisión de Derechos Humanos”.
En relación con las atribuciones, se encuentran en el artículo 275, las cuales son las siguientes:
Promover el buen funcionamiento y la agilización de la gestión administrativa gubernamental, en materia de Derechos Humanos;
Investigar y denunciar comportamientos administrativos lesivos a los intereses de las personas;
Investigar toda clase de denuncias que le sean planteadas por cualquier persona, sobre violaciones a los Derechos Humanos;
Recomendar privada o públicamente a los funcionarios la modificación de un comportamiento administrativo objetado;
Emitir censura pública por actos o comportamientos en contra de los derechos constitucionales;
Promover acciones o recursos, judiciales o administrativos, en los casos en que sea procedente; y
Las otras funciones y atribuciones que le asigne la ley. El Procurador de los Derechos Humanos, de oficio o a instancia de parte, actuará con la debida diligencia para que, durante el régimen de excepción, se garanticen a plenitud los derechos fundamentales cuya vigencia no hubiere sido expresamente restringida. Para el cumplimiento de sus funciones todos los días y horas son hábiles.