La Corte Suprema de Justicia (CSJ) conoció una vez más el expediente de antejuicio contra la jueza de Mayor Riesgo «D», Erika Aifán y tras resolver la excusa de la magistrada Beyla Estrada designó a un nuevo pesquisidor. El encargado de las diligencias será el juez Roaldo Isaías Chávez Pérez.
Estrada se excusó de conocer el expediente de Aifán, argumentando que existía “enemistad” entre las partes, luego de que ella fuera nombrada en 2020 por la CSJ para conocer las pesquisas de antejuicio, por lo que la Corte debía analizar un nuevo nombramiento.
PESQUISIDOR ES HERMANO DE EXDIPUTADO LUIS CHÁVEZ
El juez Roaldo Chávez, quien estará a cargo de las pesquisas para analizar si se debe retirar o no la inmunidad a la togada, es hermano del exdiputado Luis Chávez quien pertenecía al extinto partido Libertad Democrática Renovada (Líder).
El exdiputado fue condenado en un procedimiento abreviado a tres años de prisión por el delito de tráfico de influencias, por negociar plazas fantasma en el Ministerio de Desarrollo Social (Mides).
REVOCATORIA DE LA CC
El pasado 16 de septiembre la Corte de Constitucionalidad (CC) revocó un amparo provisional a favor de la jueza Erika Aifán, el cual fue otorgado en julio de 2020 y que detuvo el trámite de antejuicio en su contra.
Ese pedido de retiro de inmunidad fue presentado por el Instituto de Magistrados de la Corte de Apelaciones del Organismo Judicial, señalando a la jueza de dictar resoluciones “ilegales”, dentro del caso Comisiones Paralelas 2020.
CC DECLARA SIN LUGAR RECURSO PRESENTADO POR AIFÁN
Debido a la revocatoria del amparo, la jueza Aifán presentó ante la CC un recurso de aclaración y ampliación en donde expuso los motivos por los que consideraba que los señalamientos en su contra carecían de sustento, sin embargo, la CC declaró sin lugar ese recurso, ratificando el fallo que revocó el amparo provisional otorgado a la juzgadora.
MP CONSIDERA QUE SE DEBE SOLVENTAR EL AGRAVIO COMETIDO CONTRA AIFÁN
En esa diligencia, el Ministerio Público (MP) señaló que el pleno de magistrados de la CSJ había omitido la debida fundamentación al emitir la resolución del 1 de julio de 2020, al declarar el trámite de antejuicio promovido en contra de la jueza.
Considerando de esta manera que era necesario solventar el agravio cometido “a efecto de que la autoridad recurrida emita nueva resolución razonando debidamente los motivos por los cuales o no, la querella presentada en contra del amparista fue presentada por motivos espurios, políticos o ilegítimos”.
El MP estimó necesario señalar que era procedente otorgar parcialmente el amparo a la jueza Aifán, para subsanar el vicio en el que se había incurrido por parte de la autoridad recurrida al fundamentar la resolución.