El procurador de los Derechos Humanos, Jordán Rodas se pronunció este jueves por la denuncia penal que planteó la directora del Instituto Nacional de la Víctima, Alejandra Carrillo en contra de los directores de La Hora, amparándose en la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer. Rodas recordó a las autoridades pertinentes que su deber es velar por el debido proceso y el cumplimiento estricto de la ley.
Además, el magistrado de conciencia recordó que las normas protegen a las mujeres en contextos de relaciones desiguales de poder por lo que “no se deben tergiversar para criminalizar a la prensa, ni eludir la rendición de cuentas de funcionarias y dirigentes políticas con obligaciones públicas”, resaltó en un comunicado de prensa.
#ComunicadoPDH | Ante la demanda penal de la directora del @idv_gt Alejandra Carrillo, en contra de @lahoragt -amparándose en la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer- el @PDHgt @JordanRodas@PVacaV @RELE_CIDH pic.twitter.com/gfX79fDgfQ
— PDH Guatemala (@PDHgt) August 27, 2021
LA LIBRE EMISIÓN DEL PENSAMIENTO ESTÁ PROTEGIDA POR LA CONSTITUCIÓN
En el comunicado, Rodas hizo referencia a que la libre emisión del pensamiento está protegida por el artículo 35 de la Constitución Política de la República, en donde se establece que «es libre la emisión del pensamiento sin censura ni licencia previa…. y no constituyen delito o falta las publicaciones que contengan denuncias, críticas o imputaciones contra funcionarios o empleados públicos por actos efectuados en el ejercicio de sus cargos”.
Además, el PDH enfatizó que “las convenciones de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, de las que hace parte el Estado de Guatemala, consagran la libertad de expresión como derecho prioritario, pues su conculcación afecta el ejercicio de otros derechos”.
Agregó que el artículo 30 de la Constitución Política de la República describe que “todos los actos de la administración son públicos, por lo que cualquier actuación de los funcionarios y empleados públicos están sujetos al escrutinio y a la auditoría social. La condición de mujer no puede ser utilizada para evadir la fiscalización y rendición de cuentas en la función pública”.
LA LEY DE FEMICIDIO BUSCA PROTEGER A LAS MUJERES EN RELACIONES DESIGUALES
Por otro lado, Jordán Rodas recalcó que “la Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer es una conquista histórica en la lucha para la protección de las mujeres y su aplicación es pertinente en contextos de relaciones de poder desiguales”.
Por lo que expresó que la demanda presentada por la directora del Instituto de la Víctima Alejandra Carrillo, en contra de los directivos de La Hora, amparándose en esta ley “traiciona el espíritu de la norma con el único propósito de eludir su responsabilidad de rendir cuentas como funcionaria pública, transgrediendo derechos ciudadanos garantizados en la Constitución”.
Además, subrayó que La Hora, como otros medios de comunicación, así como, periodistas y comunicadores sociales independientes, “ejerce el derecho de fiscalización de la función pública y el deber de ofrecer información e investigación basada en evidencia sobre conductas de funcionarios públicos -sin discriminación de género, jerarquía o adhesión política e ideológica- que podrían estar reñidas con la ley”.
Recordó además “que de manera recurrente, funcionarias y dirigentes políticas han acudido a la Ley contra el Feminicidio y otras formas de Violencia contra la Mujer con el único propósito de eludir la auditoría social e intimidar a los periodistas y medios de comunicación. Que, por otro lado, la propia Ley de Emisión del Pensamiento contempla la figura de constitución del Tribunal de Imprenta para conocer denuncias de delitos y faltas tipificados en la misma ley”.
INSTITUCIONES DEBEN VELAR POR EL DEBIDO PROCESO
Es en este sentido, recomendó a las instituciones que estarán involucradas en la denuncia velar por el debido proceso y que las normas sean cumplidas para los fines que fueron creadas.
El Organismo Judicial, debe “velar por el debido proceso y el estricto cumplimiento de la ley, no dando lugar a la utilización maliciosa del derecho penal en contra de la prensa. No permitir que el sistema de protección de las mujeres sea desvirtuado para criminalizar la labor periodística”.
Es obligación del Ministerio Público, “el cumplir con su deber de investigar los delitos de acción pública, velando por el estricto cumplimiento de las leyes del país con autonomía, objetividad, imparcialidad y apego al principio de legalidad”, resaltó.
Y recordó a los funcionarios que es su responsabilidad “apegarse en sus actuaciones a los principios de legalidad, transparencia y publicidad, sin tergiversar, mal utilizar y desgastar la legislación que protege a las mujeres en contextos de relaciones de poder desiguales”.
LA DENUNCIA
Alejandra Carrillo planteó una querella penal recientemente en contra de Oscar Clemente Marroquín, director general y Pedro Pablo Marroquín, director de La Hora, por el delito de violencia contra la mujer.
En ella, la funcionaria asegura que el medio de forma sistemática y periódica ha realizado publicaciones tendenciosas con el animo de faltar el respeto a su calidad de mujer y que han causado daño psicológico en su persona.